La ley de solidaridad y el beneficio que no fue

La aplicación de la nueva reforma sobre la seguridad social, no genera el impacto positivo que se esperaba. La reducción de monto fijo en la base de cálculo, hace que el costo laboral no salarial se incremente a medida que crece el número de empleados.

Pymes. El ‘beneficio’ solo llega a las empresas que tienen una muy baja dotación de personal.

Por Cr. Gonzalo Gutierrez (Chinni, Seleme, Bugner y Asoc.)

Dentro del paquete de medidas incluidas en la Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva (Ley 27.541) aparecen los “beneficios” impositivos sobre el sistema de contribuciones patronales. El anuncio del Presidente Alberto Fernandez tuvo por efecto modificar el esquema que había instrumentado la gestiónMacri en 2017, fundamentando que beneficiaría a los contribuyentes. Al menos esa fue la connotación que tuvo el anuncio en la conferencia de prensa que llegó a miles de hogares y sobre todo Pymes.
El artículo de la Ley estableció que adicionalmente a la detracción de $7.003,68 por cada trabajador, los empleadores que tengan una nómina de hasta veinticinco (25) empleados gozarán de una detracción de $10.000 mensuales, aplicable sobre la totalidad de la base imponible de contribuciones de seguridad social.
Sintéticamente, consiste en reducir en $10.000 la base de cálculo sobre la que se aplica el impuesto. Considerando que la alícuota aplicable para Pymes es del 18%, el ahorro fiscal mensual termina siendo de $1.800 final por empresa y se verá reflejado en el total a pagar del formulario F931.
¿Se trató de un beneficio fiscal o se buscó solo un efecto publicitario? Cada cual podría tomar una postura dependiendo de cuanto termine pagando mensualmente por contribuciones. Obviamente en términos relativos, no será lo mismo para aquel comercio que tenga dos empleados que para el que tenga diez. Ahora bien, en valores absolutos, el ahorro de $1.800 resulta cómo mínimo, muy poco.
El juicio no es arbitrario. Algunos números a continuación, nos ayudarán a descubrir que la actual reforma impositiva, en relación a la seguridad social, y para las empresas de hasta 25 personas, no es lo que se esperaba, al menos si la comparamos con lo que dictaba la antigua Ley 27.430, dictada en la gestión anterior.
Para determinar los costos laborales no salariales, es decir los impositivos, vinculados a la contratación de personal, se evalúan la tasa general de contribuciones de seguridad social para pymes, el importe a detraer y el IVA crédito fiscal computable.
Generalizamos con el término comercio, pero el análisis bien aplica a una empresa de servicios, construcción o industria que este instalada en la región del valle.

El incremento en los costos laborales no salariales para una Pyme de 25 personas podría llegar a representar el pago del medio aguinaldo.


Escenario 1: empresa con una nómina de 3 trabajadores y una masa salarial remunerativa de $ 105.000 (sueldo bruto promedio $35.000), el costo fiscal con el nuevo esquema es de $11.098, mientras que si hubiera continuado la ley anterior ese valor sería de $9.499, ante lo cual se verifica un incremento de costos en el orden $1.599 mensuales.
Escenario 2: Una empresa con 10 empleados cuya masa salarial remunerativa asciende a $350.000. El costo fiscal con el nuevo esquema es de $40.494, mientras que si hubiera continuado la ley anterior ese valor sería de $31.663, ante lo cual se verifica un incremento de costos en el orden $8.831 mensuales.

Solidaridad. La nueva normativa fue promulgada en el mes de diciembre.


Escenario 3: Una empresa con 25 empleados cuya masa salarial es de $875.000. El costo fiscal con el nuevo esquema es de $103.486, mientras que si hubiera continuado la ley anterior ese valor sería de $79.159, ante lo cual se verifica un incremento de costos en el orden $24.327 mensuales.
Como se advierte, los nuevos esquemas de costos laborales no salariales que aplican desde diciembre, tienen un mayor impacto a medida que crece la nómina de trabajadores, yendo al extremo para una Pyme de 25 personas que asume un mayor costo, al punto que en el término de un año hasta podría representar el pago del medio aguinaldo.
Todo tiene su justificación. Tal vez se busca evitar desfinanciar al sistema de seguridad social, antes que una política impositiva integrada que reduzca los costos laborales y fomente el empleo registrado. No resulta fácil de saber, aunque a la luz de los números, la medida luce como un acto publicitario de un beneficio que no fue.


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