La prevención en las carreras, una buena señal de largada
Pocos días atrás, la Legislatura porteña estableció la obligación de presentar un certificado médico de aptitud física para participar de carreras de calle con carácter competitivo. El documento deberá ser confeccionado por un médico matriculado y tendrá validez por un año desde la fecha de expedición. La norma define a las carreras de calle como aquellas competencias de 5 km o más de recorrido y las distingue de la práctica deportiva individual, ya que en las primeras la convocatoria está dirigida a gran cantidad de personas. Hasta el momento la escasa regulación existente se encontraba principalmente en reglamentaciones de federaciones deportivas o en ordenanzas municipales. La práctica masiva del running ha crecido a tal punto en la capital argentina que, según datos de la Subsecretaría de Deportes, sólo durante el 2015 se desarrollaron más de 90 competencias callejeras de las que participaron unas 500.000 personas. En formatos de 5, 10, 21 y 42 km, miles y miles de competidores se calzan sus zapatillas dispuestos a llegar a la meta, siendo cada uno de ellos, en cuanto a intereses y preparación, un mundo aparte. Ante dicha realidad fáctica es dable preguntarse si el Estado debe intervenir o dejar librada la cuestión a la decisión individual de cada persona. El deceso de tres atletas por muerte súbita en recientes competencias realizadas en Córdoba, Rosario y Tandil, reavivó aún más esta duda. Es en la finalidad de defender la vida y minimizar los riesgos que deben enfrentar tantísimos atletas donde se torna prudente la sanción de la norma. No se trata de fomentar un Estado paternalista que ingrese en terrenos propios de cada persona, sino de analizar, con sentido crítico, cómo se ha trabajado hasta el momento. Propugnar una vida sana y la participación saludable en actividades físicas y deportivas es una iniciativa que se celebra en tiempos de sedentarismo, enfermedades adictivas y otras derivadas de una mala alimentación. Ahora bien, salvo honrosas excepciones, los organizadores poco se han preocupado por el estado de salud previo de los participantes. Sólo se han limitado a intentar dejar a salvo su responsabilidad civil, haciéndoles firmar un formulario donde cada corredor se hace exclusivo cargo de las consecuencias de su participación. Pero tal supuesta asunción del riesgo no contribuye a la prevención. Ello por una sencilla razón. Un simple mortal no puede, ni debe, certificar sobre su estado de salud. Si así fuera, los médicos no tendrían razón de ser, pudiendo cada persona autodiagnosticarse y medicarse. A más de lo expuesto, hoy existe un concepto cuasi masoquista de la salud que en determinados contextos se estimula. El mismo indica que cuanto más kilómetros hagas y más sufras al recorrerlos mejor será la experiencia. Extender los límites del esfuerzo es un desafío loable, pero afectar la salud a corto o largo plazo es un acto de autoflagelación. La exigencia de un certificado médico fomentará una trilogía sinérgica de responsabilidades. La primera y principal es la del propio competidor, quien tendrá que ir al menos una vez al año al médico y realizarse el control correspondiente. La segunda, la del médico tratante, quien debe hacerse cargo de lo que el certificado prescribe. Para basarse en parámetros objetivos la ley exige como mínimo la realización de una radiografía de tórax y un electrocardiograma (en la actualidad los médicos especializados suelen pedir un eco stress). La tercera será la del organizador, quien deberá contar con la copia del apto médico vigente de cada competidor. De no hacerlo su responsabilidad civil estará en juego. También podría sumarse un cuarto deber de colaboración, en caso de existir, que es el del entrenador o profesor del grupo de running, quien puede confeccionar el formulario de una ficha médica específica (ya no un certificado médico) adaptada a las necesidades de su deportista. Este documento consensuado por especialistas médicos y profesionales de la actividad física debería ser el norte a seguir. En resumen, como medida inicial, la exigencia de un certificado de aptitud física para quienes participen en pruebas pedestres de calle –más aún de montaña– es bienvenido, y es de esperar que se propague su implementación. No se trata de burocratizar, sino de contribuir a la prevención desde la responsabilidad que a cada cual le compete. No para dejar de hacer, sino para hacer mejor. Las sociedades más evolucionadas son las que respetan sus reglas y fiscalizan su cumplimiento. Si la norma impide poner en riesgo vidas humanas y favorece la actividad física en un marco saludable, su razón de ser estará plenamente justificada. (*) Abogado. Profesor nacional de Educación Física. Docente universitario
Opiniones
Marcelo Antonio Angriman – angrimanmarcelo@gmail.com
Registrate gratis
Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento
Suscribite por $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora