La seguridad e higiene en el contexto del covid- 19

Miguel A. Knecht*


Al momento de hacer referencia a la seguridad e higiene laboral, estamos haciendo mención al conjunto de normas legales y técnicas que se aplican en el ambiente laboral, para controlar los procedimientos y variables de trabajo que pueden afectar la salud de los trabajadores.

La instalación de este tema en la sociedad se convierte en una instancia relevante, ya que los trabajadores y autoridades de las empresas, instituciones públicas y/o privadas se encuentran en la búsqueda -desde el inicio de la pandemia del covid-19- de generar acciones y hacer respetar las medidas de prevención destinadas al logro de un objetivo superior como generar ambientes de trabajo saludables, excluyendo ciertas costumbres argentinas tales como el abrazo, compartir el mate, utilizar los elementos de trabajo de sus compañeros, etc.

En este sentido, constituye un gran desafío para la población enfrentar al covid-19 sin una vacuna y tratar de combatirlo en un contexto donde la mirada está centrada en los esfuerzos por abordar el brote de enfermedades infecciosas durante el trabajo, prestando especial atención al avance de la actual pandemia. En ese orden, podemos mencionar que la ley 19587 de Seguridad e Higiene y el Decreto Reglamentario 351-79 establecen condiciones básicas laborales, procedimientos y obligaciones relacionadas al ambiente de trabajo, donde sabemos que han aminorado o disminuido -aplicación mediante- la transmisión del virus.

Además, si indagamos sobre las condiciones de trabajo en general podemos afirmar que no siempre los ambientes de trabajo son sanos y saludables disponiendo de suficiente aireación y ventilación, los niveles de iluminación no siempre son los adecuados para cada actividad, la sonoridad reinante supera el máximo de decibeles permitido en el ambiente, resultando peligroso para la audición; la falta de suministro de los elementos de protección personal; y todas las actividades o trabajos practicados en los oficios y profesiones, sin la utilización de los mismos, pueden derivar en una enfermedad profesional no deseada.

Por ello ante la presencia del covid-19 se ha establecido el uso del barbijo obligatorio, el distanciamiento social y numerosas recomendaciones de cuidado personal, como la higiene y desinfección de manos, para evitar la propagación del contagio.

Las señaladas son medidas de conductas sociales que mediante y aplicadas en el ambiente de trabajo se convierten en normas que deberán estar contenidas en los protocolos correspondientes. Todas las medidas sociales se deben incorporar a la cultura social, concientizando a todos, bregando para su efectivo cumplimiento.

En síntesis, el país se convertirá en una Argentina donde muchos códigos y costumbres serán dados de baja y seremos rigurosos a la hora del cumplimiento de los protocolos.

* Docente y exconcejal de Viedma. Técnico en Seguridad e Higiene


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