Liberan al albatros procesado por el homicidio de Rafael Nahuel

Aunque la Cámara de Apelaciones de Roca admitió que los cargos bajo los cuales Pintos está procesado son graves, no hay riesgo de fuga o entorpecimiento de la investigación. Será excarcelado “bajo caución juratoria”, es decir sin pagar fianza.

La Cámara de Apelaciones de Roca decidió este viernes excarcelar el cabo Javier Pintos del grupo Albatros de Prefectura Naval, acusado de ser el autor del homicidio del joven mapuche Rafael Nahuel en 2017 en Villa Mascardi, a unos 30 kilómetros de Bariloche.


Según una resolución publicada en el Centro de información Judicial , CIJ, el tribunal decidió liberar al cabo de prefectura, “bajo caución juratoria”, es decir sin pagar fianza, tres semanas después de procesarlo por el delito de “homicidio agravado” por el uso de arma de fuego y además le dictó la prisión preventiva. Pintos está detenido desde el 14 de junio último y se encuentra alojado en el penal federal de Ezeiza.


Ahora los jueces Mariano Roberto Lozano, Richar Fernando Gallego y Ricardo Guido Barreiro coincidieron en que a pesar de que el hecho por el cual se lo inculpa al cabo Pintos es muy grave, no hay razones para presuponer que pueda darse a la fuga o entorpecer la investigación.

Antes, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal había admitido una queja que la defensa de Pintos interpuso luego de que la Cámara de Roca rechazara un recurso de casación para que un tribunal superior revisara esa sentencia.


El homicidio de Nahuel ocurrió la tarde del 25 de noviembre de 2017 en la montaña, en Villa Mascardi, a unos 30 kilómetros de Bariloche. Nahuel tenía 22 años y murió tras recibir un proyectil calibre 9 milímetros.


Pintos había sido procesado, junto a los albatros Juan Ramón Obregón, Sergio Damián García, Sergio Guillermo Cavia y Carlos Valentín Sosa como coautores del delito de homicidio agravado por el uso de armas de fuego, pero cometido con exceso en la legítima defensa y sin prisión preventiva.

El juez federal de Bariloche Leónidas Moldes dictó el procesamiento el 9 de enero pasado. Pero todos apelaron, excepto la fiscal interina Sylvia Little.
Y la Cámara de Roca escogió otra calificación y procesó a Pintos por el homicidio agravado por el uso de arma de fuego.


Los jueces de Roca tuvieron en cuenta el informe de los peritos oficiales que establecieron que el proyectil que mató al joven mapuche salió del subfusil MP5 asignado a Pintos. Aunque el imputado negó en su indagatoria que portaba esa arma la tarde del 25 de noviembre de 2017, cuando junto a una patrulla de albatros se cruzaron en la montaña con un grupo de jóvenes mapuches, entre los que se encontraba Nahuel. El tribunal roquense dispuso la falta de mérito para los otros albatros.

El fallo

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