Los beneficios de la tarifa social del agua durarán un año

VIEDMA (AV).- Los beneficios de la tarifa social a aplicar por el servicio de agua potable en Río Negro tendrán una vigencia de un año, pero podrán renovarse aunque con un previo trámite, según la resolución Nº 332 del Departamento Provincial de Aguas que reglamenta el Régimen Social de Saneamiento establecido por la Ley 3.928. Su aplicación corre en paralelo con un incremento del 27% en promedio para la mayoría de los usuarios de la empresa Aguas Rionegrinas.

Este mecanismo de facilidades comenzará a operar una vez que los usuarios sean intimados por la empresa. Estos deberán acudir a las delegaciones de la prestataria para expresar su situación y acogerse al mencionado plan.

Como requisito deberán presentar fotocopias de la tenencia precaria de la vivienda, del boleto de compra-venta en el caso de ser propietario, del título de propiedad si corresponde o bien contrato de alquiler. También se necesitarán fotocopias de documentos del grupo conviviente y de la última factura de agua.

La solicitud de acogimiento prevé que los interesados sean consultados sobre sus datos personales y de los ocupantes del inmueble, brindar precisiones sobre el actual programa de empleo en que está inserto, datos del inmueble y carácter de la ocupación. Otra pregunta estará relacionada sobre si alguno de los integrantes del grupo familiar padece problemas de salud, y si resulta afirmativo, habrá que indicarlo. En ese punto deberá indicarse si se trata de una enfermedad temporal o permanente, y tendrá que presentarse certificado médico.

La consulta tendrá un virtual carácter de declaración jurada en virtud de que se les preguntará además sobre si poseen -entre otros servicios- teléfono o televisión por cable.

Asimismo, se les preguntará acerca de qué posibilidades tienen de pagar deudas contraídas, la última factura y cuánto podrían aportar en el caso de que expresen su voluntad de hacerlo.

Los beneficiarios de este régimen será de hasta un 50% de la tarifa total sobre aquellos usuarios que posean algún tipo de ingreso que no supere el monto mínimo, vital y móvil establecido en 750 pesos. Hasta el ciento por ciento de la tarifa total en el caso de quienes se encuentren en situación de indigencia según parámetros del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) o bien demuestren no poseer ingreso alguno.

Por otra parte, se incluyó la situación de usuarios con hasta el ciento por ciento de la deuda contraida con ARSA de aquellos que se acogieron a la Ley Provincial de No Corte del Servicios Nº 3.573, y estén comprendidos en las condiciones mencionadas.


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