Los límites entre Río Negro y Neuquén
Por Víctor Peláez
El senador Pichetto, el 9 del corriente, en la página 9 del «Río Negro», se expresa sobre el límite de ambas provincias. En 1994, en el orden del día 670, el diputado Soria y actual intendente de la ciudad de Roca, presentó un proyecto de ley con objetivos y fundamentos casi idénticos a los que hoy manifiesta el senador Pichetto. Como existía el riesgo de que a fin de año -como es costumbre- se aprueben a «libro cerrado» todos los proyectos «sin disidencias ni observaciones», opté por presentar mi disconformidad para que fuera discutido en recinto o se enviara a comisión. El tema no fue tratado, pero me obligó a estudiarlo.
El asunto central que esgrimen –tanto Pichetto como Soria- es que se derogue el decreto ley 18.501 por originarse en un gobierno de facto. ¿Alguien se puede imaginar el caos legal que se crearía eliminando todas las leyes emanadas de los 22 años de gobiernos de facto que tuvimos en el siglo XX? Pues si derogamos la 18.501 por originarse en gobierno de facto, habría que derogar todas las gestadas en este tipo de gobierno o las que se nos ocurrieran. Esto es rechazable por absurdo.
Pero vayamos a la historia del proceso que nos ocupa. Después de la Conquista del Desierto se establecieron dos territorios: el de la Pampa y el de la Patagonia. En 1881 se decidió dividirlos. Se sancionó la 1.532 en 1882, la que fijó los límites de estos nuevos territorios. Naturalmente entre ellos estaba la fijación de los límites entre el de Río Negro y el de Neuquén. Se estableció como límite Este de Neuquén el meridiano 10º de Buenos Aires, que se extendía desde el río Colorado hacia el Neuquén.
Se adjudicó la mencionada mensura al Ing. Octavio Pico y Cía. Este fijó el trazado del meridiano en 1883, el que luego fue aprobado por los decretos 13 y 18 de octubre de 1886.
En 1955 se provincializaron los territorios mediante la ley 14.448 de junio del mismo año, la que determinó los mismos límites que fijara la ley 1532.
El 4 de julio de 1967, ya bajo el gobierno de Onganía se emitió el decreto ley 17.324, el que creó la Comisión Nacional de Límites Interprovinciales. Tenía como fin citar a todas la provincias que tuvieran conflictos de límites para que los subsanaran.
El 9 de agosto de 1967 se convocó a Río Negro y Neuquén -provincias con litigios-, en la ciudad de Viedma, para que dirimieran la cuestión. Se inició el expediente 23. Dos audiencias conciliatorias fracasaron. Ante esto, se invitó a ambas provincias a presentar sus memorias.
El 1 de abril de 1968 se decretó la apertura de prueba de la causa y se notificó a las partes para que fijaran sus respectivas pretensiones y ofrecieran las pruebas de que desearan valerse. En fs. 43 Neuquén dio cumplimiento a la intimación que establecía su posición. La provincia de Río Negro presentó la memoria en fs. 28/36, donde se atuvo a los límites fijados por la ley 1.532, 14.408 y el decreto del 19 de abril de 1904. Las mismas citaban como limite al meridiano 10º. Lo único que solicitó fue «que estas normas deben ser aplicadas procediéndose a la demarcación de ese límite». Este ya fue demarcado y aprobado por los decretos 13 y 18 de octubre de 1886. Por último, en fs. 272 del expediente de la Comisión de Límites dice: «Pero ocurre que en el presente caso Río Negro no ha alegado en su memoria de fs. 28/36, en ningún momento que la actual demarcación del meridiano 10º adolezca de vicio alguno». Por lo que se hace incomprensible la postura actual de correr el meridiano 10º más de 9 kilómetros hacia el oeste. Cuando pudieron cuestionarlo en el seno de la Comisión, no lo hicieron y ahora lo hacen.
El dictamen de la Comisión en fs. 277 ratifica la demarcación de Octavio Pico
¿De dónde surge ahora esta pretensión? En 1905 apareció un nuevo litigio entre La Pampa y Mendoza y se convocó a Otamendi y Cía. para que continuara el meridiano 10º hacia el norte y estableciera éste como límite entre ambas provincias. Como este trazado fue cuestionado, se apeló al Ing. Cobos a los fines de realizar este trabajo. El mencionado ingeniero consideró que hubo un error y corrigió unos cinco kilómetros a favor de La Pampa. Si observamos el mapa en el límite de las provincias de Mendoza y La Pampa, notaremos que al norte del meridiano hay una pequeña «muesca». He ahí la corrección del Ing. Cobos.
Por este hecho se supone que el trazado de Octavio Pico también es incorrecto y que hay que llevarlo más de nueve kilómetros hacia el oeste. No me cabe la menor duda de que en todas estas demarcaciones hay errores. Recordemos que Octavio Pico cuando comenzó, en 1883, lo hacía a lomo de mula, cadenas, primitivos sextantes y teodolitos y alguna brújula. Hoy se hubiera hecho con un GPS (Sistema de Posición Geográfico) que tiene un margen de error de pocos metros. Pero esto no existía en el siglo XIX.
Hay otro hecho a tener en cuenta. ¿Cuál es el meridiano cero en Buenos Aires?, ¿dónde se encuentra? En ninguna parte se menciona el lugar. Puede ser la Plaza de Mayo o la de Los Dos Congresos o la costa del río de la Plata, pero la costa del río, ¿a qué altura? Es distinto que sea a continuación de la Av. San Juan que de la Av. Córdoba. Y era muy distinta la costa en 1883 cuando trazó el meridiano Octavio Pico, que en 1905 cuando lo hizo el Ing. Cobos. Son muchos los factores que contribuyen a la inexactitud.
El meridiano 5º hace de límite entre Río Negro y la provincia de Buenos Aires, y más al norte entre La Pampa y Buenos Aires. Lo curioso es que este meridiano no preocupa. Lo que les interesa es que si corren nueve kilómetros el meridiano 10º, se encontrarían con varios yacimientos de hidrocarburos, con San Patricio del Chañar y buenas tierras, buen clima y buena agua. Convengamos que no se trata de bregar por la justicia, sino por intereses espurios. El meridiano 5º no interesa. Además no se puede enfrentar a semejante provincia.
La conclusión del expediente 23 de la Comisión Nacional de Límites Interprovinciales da como resultado la tan vapuleada ley 18.501. En el art. 1, inc. a) al fijar el límite Este de Río Negro y Oeste de Neuquén dice: «Entre los ríos Colorado y Neuquén, la línea demarcada en 1882 por los señores Octavio Pico y Cía., que fuera aprobada por el Poder Ejecutivo Nacional mediante los decretos del 13 y del 18 de octubre de 1886». El meridiano 10º está perfectamente legalizado. En el inc. d) de la misma ley y artículo fija los límites dentro del lago Nahuel Huapi, hecho que no ocurría con la ley 1.532, donde únicamente establecía que el lago era el límite entre las dos provincias. Dice el inc. d): «En el lago Nahuel Huapi la línea limítrofe será la que parte del punto medio del nacimiento del río Limay y, dejando al norte la isla Victoria, llega hasta el punto medio de la desembocadura del arroyo Blest…». Esta cuestión preocupa mucho: la isla Victoria es neuquina. Acá hay una contradicción: no se hacen cargo de la localidad de Rincón de Las Perlas, a la que Neuquén abastece de electricidad y dejan a la deriva a sus pobladores, pero sí se ocupan y preocupan por la isla Victoria.
¿No es importante el asentamiento humano que se hizo, lo que se invirtió en caminos, red eléctrica, comisarías, escuelas, bancos, etc., las empresas que se forjaron con créditos del Banco de la Provincia de Neuquén, todos los que se sienten ciudadanos neuquinos? ¿No es importante el expediente Nº 23, en el que se dio oportunidad a la provincia de Río Negro a plantear sus objeciones y no presenta ninguna al trazado de Octavio Pico, trayéndonos como argumento el límite entre La Pampa y Mendoza que no tiene nada que ver con nosotros?
Soy un confiado de que lo absurdo no prospera.
Víctor Peláez
Ex diputado nacional de Neuquén
El senador Pichetto, el 9 del corriente, en la página 9 del "Río Negro", se expresa sobre el límite de ambas provincias. En 1994, en el orden del día 670, el diputado Soria y actual intendente de la ciudad de Roca, presentó un proyecto de ley con objetivos y fundamentos casi idénticos a los que hoy manifiesta el senador Pichetto. Como existía el riesgo de que a fin de año -como es costumbre- se aprueben a "libro cerrado" todos los proyectos "sin disidencias ni observaciones", opté por presentar mi disconformidad para que fuera discutido en recinto o se enviara a comisión. El tema no fue tratado, pero me obligó a estudiarlo.
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