Más plazo para el jardín de 4 años

Neuquén se rige por la norma provincial.

EDUCACION

La obligatoriedad de la sala de 4 años en la provincia del Neuquén contará con un plazo de cinco años para comenzar a implementarse, de acuerdo a la ley orgánica de educación sancionada en diciembre. Ayer se promulgó en el Boletín Oficial de la Nación la ley 27045 que aplica para todo el país el período de escolaridad obligatoria desde los cuatro años hasta la finalización de la educación secundaria, pero se aclaró que Neuquén se rige por la norma provincial.

Según se explicó desde el Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia, primero debe promulgarse la ley 2945 -ley orgánica de educación- y luego comienza el período de cinco años para su implementación establecido en el artículo 106, como disposición transitoria.

El apartado establece que la “promoción de acciones para cumplimentar la obligatoriedad de la sala de Nivel Inicial de cuatro (4) años debe instrumentarse en un plazo de cinco (5) años, a partir de la sanción de la presente ley” y que, a tales efectos, “el Consejo Provincial de Educación debe presentar, ante el Poder Ejecutivo provincial, la planificación plurianual correspondiente”.

En el artículo siguiente, la ley neuquina estableció que en las salas de nivel inicial deberá haber como mínimo un coordinador pedagógico cada cuatro secciones, pero que a partir de la sanción de la norma, cada vez que surja una vacante deberá ser cubierta con personal docente titulado.

El área de Educación recordó que la provincia “viene haciendo un esfuerzo muy importante para ampliar la cobertura” en los jardines y señaló que el año pasado se llegó al 82,5% de niños y niñas de cuatro años escolarizados.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios