Consejo de Seguridad de Regina propone modificar el Código Procesal Penal de Río Negro

Con un proyecto presentado a la ministra de Seguridad, el Consejo de Seguridad de Regina pidió modificar el Código de Procedimiento Penal y autorizar la detención de personas sorprendidas al momento de cometer un delito.

El Consejo de Seguridad Ciudadana de Villa Regina presentó una propuesta para que la legislatura provincial modifique el Código de Procesal Penal de Río Negro, para que las personas que sean aprehendidas cometiendo un hecho puedan quedar detenidos por un plazo de 10 días.

El proyecto fue elevado a los legisladores del circuito Alto Valle Este y a la ministra de Seguridad de Río Negro, Betiana Minor, para que impulsen la modificación estableciendo un “procedimiento especial para los delitos cometidos en flagrancia”.

Indicaron que un procedimento similar ya se aplica en la provincia de San Juan, donde se brindó herramientas a fiscales y jueces para solicitar y definir la detención de las personas que son sorprendidas cometiendo un ilícito tras la formulación de cargos.

En este sentido, al presentar el pedido para incorporar al Código Procesal Penal de Río Negro establecer el procedimiento en flagrancia, el Consejo de Seguridad Ciudanana de Regina, remarcó que “la gente no efectúa denuncias por que caen en saco roto, y los delincuentes aún aprehendidos en el momento del cometer el hecho, inmediatamente después con los elementos en su poder, o cuando son perseguidos y detenidos, son liberados inmediatamente”.

La propuesta apunta a modificar la Ley Provincial N° 5020 de Código de Procedimiento Penal de Río Negro, incorporando el procedimiento que faculta a Ministerio Público Fiscal a solicitar la flagrancia del hecho al momento de la audiencia de control de detención y formalización de cargos.

Agregaron que en el caso de que el juez considere valido el pedido formulado por el Ministerio Público por la detención del aprehendido, tras la formulación de cargos, podrá disponer la detención por un plazo no mayor a diez días.

Insistieron que este procedimiento se está utilizando en otras provincias argentinas, “y en el caso de la provincia de San Juan se transformó en modelo para el país, resultando ser ya una política de estado en la persecución del delito”.

Enfatizaron finalmente que “creemos que los derechos de la víctima del delito la pretendida igualdad de armas que establece el artículo 12 del Código de Procedimiento Penal no se cumple en realidad y que la víctima del delito sigue desamparada”.


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