La justicia (o la jurisdicción) universal

Avanza un movimiento global que busca reconocer el ecocidio como un quinto crimen internacional, junto al genocidio y los crímenes de lesa humanidad.

Mucho se habla entre los abogados y a raíz de la guerra en Ucrania o el conflicto en Gaza sobre la Jurisdicción Universal. Lo que cualquier lego puede interpretar como la justicia universal. ¿Qué es? Pues nada menos que la posibilidad de que cualquier Estado investigue y juzgue crímenes tan graves —genocidio, tortura, desapariciones, crímenes de guerra— que ofenden a la humanidad entera. No es una utopía. El puntapié inicial lo dio el ya tan conocido Juicio de Nuremberg. Es una herramienta consolidada dentro del derecho penal internacional.

Sin embargo, su consolidación formal no significa que su aplicación sea sencilla, ni mucho menos neutral. Atrapar, juzgar y condenar a un ignoto presidente africano por un crimen de guerra es mucho mas fácil para un país europeo que al primer ministro israelí, por los delitos de lesa humanidad por el cual se lo acusa. Es imprescindible que la justicia local sea inexistente o cómplice. Para los juristas de Alemania, por ejemplo, no tuvieron mayores obstáculos para llevar adelante el llamado “Juicio de Koblenz”, que terminó con la primera condena contra funcionarios sirios por crímenes de lesa humanidad.

¿Pero y al presidente de Rusia? Parecerá extraño, pero Francia, Bélgica, Países Bajos, Suecia, Suiza, Reino Unido y mejor aún, en el propio Estados Unidos han seguido caminos similares, investigando hechos ocurridos en Siria, Ruanda, Liberia, Ucrania, Sudán, Irán, etc. Insisto, países donde el Sistema de Administración de Justicia es cómplice por acción u omisión. Como ocurrió en nuestro país durante las dictaduras militares que padecimos a lo largo del siglo pasado. Y por cierto, los fiscales que nos tocó investigar y juzgar los crímenes de lesa humanidad, recogimos mucha experiencia. Fuera del eje euroatlántico, Argentina se ha convertido en un referente regional. Nuestros tribunales han abierto causas sobre el genocidio rohinyá en Myanmar, la represión estatal en Venezuela, y los crímenes del franquismo en España.

Estos procesos muestran que la jurisdicción universal no es patrimonio exclusivo del Norte Global y que puede ser ejercida con seriedad desde el Sur. Pero no es menos cierto que también aquí, los conflictos recientes también han puesto en evidencia las contradicciones del sistema. En nuestros tribunales la diferencia de trato revela una verdad incómoda: la jurisdicción universal sigue siendo permeable a intereses políticos y cálculos estratégicos. Y mientras esa selectividad persista, su promesa de justicia imparcial quedará incompleta.

¿Cómo avanzar entonces? La experiencia comparada muestra que la jurisdicción universal funciona cuando hay voluntad política sostenida, independencia judicial y una apuesta institucional clara por combatir la impunidad. No es una herramienta automática: exige diplomacia, reinterpretación jurídica y adaptación constante a nuevas formas de violencia y a un orden internacional cada vez más fragmentado como quedó en claro en este recién iniciado año 2026.

El mismo presidente norteamericano ha manifestado desacuerdos profundos sobre qué crímenes abarca, cómo coordinar entre Estados y qué inmunidades deben respetarse. Y para ajustarse a su voluntad ha creado un Consejo Por la Paz paralelo a cualquier Corte Penal Nacional o Internacional que se le ocurra interferir. La falta de consenso genera incertidumbre y abre la puerta a dobles estándares difíciles de justificar desde una perspectiva ética. Pero lo cierto es que aún para el caso Maduro la jurisdicción universal aparece como un último dique de contención frente a la impunidad que se le garantizaba en Venezuela.

El futuro de la jurisdicción universal dependerá, en definitiva, de nuestra capacidad colectiva -digo como homo sapiens- para defender su esencia: la idea de que ciertos crímenes son tan graves que ninguna frontera puede servir de refugio para sus responsables. Aplicarla sin excepciones ni selectividad no es solo una obligación jurídica, sino una responsabilidad moral. Si renunciamos a ese principio, la impunidad volverá a imponerse allí donde el poder pretende estar por encima del derecho. Si lo defendemos, la jurisdicción universal podrá entrar en una nueva etapa: más sólida, más coherente y más fiel a su razón de ser.

Ahora bien, en paralelo, avanza un movimiento global que busca reconocer el ecocidio como un quinto crimen internacional, junto al genocidio y los crímenes de lesa humanidad. Si ese reconocimiento prospera, la jurisdicción universal será una pieza clave para garantizar que ningún responsable -sea autoridad política o empresario notable- pueda refugiarse detrás de una frontera. En el sentir de los ciudadanos de a pie, está quedando atrás la idea que la jurisdicción universal es exclusivamente con genocidios, torturas o crímenes de guerra.

El mundo ha cambiado, y con él también la escala del daño que somos capaces de provocar. Hoy, los crímenes ambientales masivos —la destrucción deliberada de ecosistemas, la contaminación que enferma poblaciones enteras, la devastación de territorios indígenas, los derrames tóxicos que arrasan ríos y mares— ya no pueden ser vistos como simples “daños colaterales” del desarrollo. Son ataques directos contra la vida humana y no humana. Son, en esencia, crímenes de lesa humanidad. Y en algunos casos, auténticos ecocidios.

Para ello y para que el Derecho no nos ignore, se necesitan ciudadanos y organizaciones sociales con capacidades técnicas que muchos Estados aún no tienen: equipos especializados en delitos ambientales, tecnología para analizar suelos y aguas contaminadas, protección para comunidades afectadas, cooperación con científicos y organizaciones ambientales. Sin estos recursos, la investigación puede volverse compleja de acreditar, como la que ocurrió ante el pueblo alemán y el genocidio nazi que muchos en su gran mayoría no quisieron ver. Y el riesgo de frustrar expectativas es alto

¿Cuánto tiempo podremos esperar para que el Derecho Penal Internacional se aggiorne? ¿Cuántos millones de víctimas deberemos ofrecer en el altar de la Academia del Derecho y la Ciencia Política? ¿Cuántas amazonias, glaciares y humedales? La jurisdicción universal puede y debe entrar en una nueva etapa: una etapa donde la defensa de la humanidad incluya, de manera explícita, la defensa de la Tierra que la hace posible.

La jurisdicción universal nació para enfrentar los crímenes que ofenden a la humanidad entera. Hoy, pocos actos encajan mejor en esa definición que la destrucción deliberada de los ecosistemas que sostienen la vida. Defender este principio, ampliarlo y aplicarlo sin selectividad es una obligación jurídica, pero también una responsabilidad moral. No se trata solo de castigar a los culpables: se trata de proteger las generaciones futuras tal cual lo ordena nuestra Constitución Nacional

*Ex fiscal federal


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