Otorgaron probation a imputados de causar la muerte de un niño en Bariloche

El juez Sergio Pichetto convalidó el acuerdo propuesto por la fiscalía y la defensa de los acusados, con el consentimiento de los padres de la víctima. Durante dos años deberán cumplir una serie de reglas de conducta.

El juez de garantías Sergio Pichetto concedió el beneficio de la suspensión de juicio a prueba durante 2 años a dos personas que habían sido imputadas de haber causado -por su negligencia- la muerte de un niño de 4 años en esta ciudad.

Pichetto convalidó el acuerdo que la fiscalía había alcanzado con la defensa de los imputados, informaron fuentes judiciales. El acuerdo lo presentaron en una audiencia que se hizo el martes en Bariloche.

El juez les otorgó el beneficio a Julio Enrique Meli, que era el propietario del departamento donde ocurrió la tragedia, y al gasista matriculado Antonio Barboza, que no advirtió el mal funcionamiento del aparato ubicado en el baño del domicilio. Y les impuso reglas de conducta que deberán cumplir durante 2 años.

La fiscal Betiana Cendón había imputado el 6 de agosto último a Meli y Barboza por el delito de homicidio culposo.

La fiscalía expuso en la audiencia del martes los motivos del acuerdo para dejar en suspenso la persecución penal contra los dos imputados (que no tienen antecedentes penales) como forma de resolver el conflicto, con el acuerdo de la defensa y de los padres del niño.

El fiscal adjunto Marcos Sosa Lukman explicó el caso y los fundamentos de la decisión, informaron fuentes de Tribunales. Dijeron que los padres del niño habían expresado su intención a finales de noviembre del año pasado de resolver el conflicto mediante el instituto de la probation.

Informaron que Meli cedió -como reparación simbólica- a los padres de la víctima los derechos ante escribano público del lote donde está el departamento, ubicado en el barrio Nahuel Hue, donde había sucedido la muerte de su hijo. Los padres volvieron a ese domicilio porque no tenían otro lugar adonde mudarse, relataron fuentes que conocen el caso.

Mientras que el gasista se comprometió a pagar 200.000 pesos a los padres y además cubrir los costos de la correcta instalación de las conexiones de gas en el domicilio.

El niño murió la tarde del 21 de julio del año pasado como consecuencia de haber inhalado monóxido de carbono por el funcionamiento defectuoso de un calefón, que estaba instalado en el departamento que sus padres alquilaban. También, la madre del niño inhaló monóxido de carbono, estuvo internada y su vida estuvo en riesgo, pero logró recuperarse.

La fiscalía había acusado a Meli porque en su carácter de propietario alquilaba tres departamentos no declarados en un lote y los inquilinos compartían los servicios, entre ellos el gas.

Los padres del niño de 4 años vivían en uno de esos departamentos. Según Cendón, el dueño había permitido que instalaran en el baño un calefón de 20.000 calorías, de cámara abierta no apto para ese espacio. Además, el ambiente no contaba con rejilla de salida de gases ni de entrada de oxigeno. La fiscal advirtió que la instalación incumplía la normativa vigente.

El padre de la víctima constató el mal funcionamiento y reclamó al dueño que lo arreglara. Barboza concurrió a la vivienda, pero no avisó al dueño del error y la prohibición de tener instalado un calefón en el interior de un baño con un tiraje incorrecto. Tampoco alertó a Camuzzi de las irregularidades que presentaba la instalación. Después, ocurrió la tragedia.

Las reglas de conducta a cumplir

Las dos personas que fueron beneficiadas con la probation deben fijar residencia y someterse al cuidado del patronato durate 2 años. También, abstenerse de relacionarse con los padres de la víctima y de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas durante ese período.

El exdueño del departamento deberá efectuar 50 horas de trabajos no remunerados a favor del Estado o de instituciones de bien público, mientras que el gasista deberá cumplir 300 horas de trabajos comunitarios.

Además, el gasista se inhabilitó para el ejercicio de su oficio como matriculado por el término 5 años, afirmaron las fuentes. Si cumplen con las pautas, se extinguirá la acción penal en contra de los dos.


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