Polémica por un vacío legal en las comisiones de fomento
El caso de San Javier es paradigmático. Mónica Luján (FdT) perdió las elecciones, le corresponde la secretaría administrativa y se la niegan. La función de los vocales, en la nebulosa.
El reclamo público de una integrante de la lista opositora al oficialismo de Juntos Somos Río Negro (JSRN) en la Comisión de Fomento de San Javier, dejó al desnudo un vacío legal respecto a las funciones que deben cumplir los vocales, quienes cobran sueldo al secundar al titular.
El planteo fue trasladado por Mónica Luján (Frente de Todos) que el año pasado perdió las elecciones por apenas 86 votos (494-408) ante Javier Garabaglia, quien en 2019 representó desde Juntos al oficialismo provincial.
Según las certificaciones de resultados en poder de la Junta Electoral Provincial, y el Decreto N° 68 firmado el 10 de diciembre pasado por la gobernadora Arabela Carreras, Luján quedó en segundo lugar.
Además, en la grilla anexada al decreto, se le asigna el cargo de secretaria administrativa.En consecuencia, le corresponde mantener bajo su órbita ese espacio, al cual se le está impidiendo el acceso.
En la actualidad sigue ejerciendo esas gestiones Gladys Almuna, segunda vocal, quien ya venía desempeñándose en la anterior gestión.
Almuna, también de JSRN, quedó en tercer lugar de acuerdo al decreto de Carreras.
“En base a la cantidad de votos me corresponde a mí (la secretaría), y el comisionado no responde a la nota que hice de presentación. Llevo dos meses sin reconocimiento interno específico, y yo quiero trabajar en mi lugar porque no estoy haciendo nada y cobrando sueldo”, declaró a Río Negro.
Argumentó que “si hubiera una reglamentación interna o el gobierno provincial me dice que no puedo contar con la secretaría administrativa, me voy a mi casa” en caso de que quede como tercer vocal.
Al ser consultado Garabaglia, entendió que “hay una mal interpretación” de parte de Luján en torno a la cantidad de votos, y en su criterio existe “un vacío legal” institucional para que el tercer vocal tenga funciones.
La Ley N° 5.352 que sustituyó a la antigua norma que regula a las comisiones no es precisa en torno a las gestiones internas. Los deberes y obligaciones para esos triunviratos contemplan reuniones mensuales, volcar las acciones de gobierno en libros garantizar una atención mínima de seis horas diarias en los locales, entre los principales ejercicios que le corresponden.
Incluso, el artículo 11 del decreto reglamentario N° 1.840 nada dice en referencia a qué vocal debe ejercer la secretaría administrativa.
Salvo -y quizá como única ventana de manejo político para forzar un acuerdo- que las decisiones de la comisión sean adoptadas por simple mayoría de votos. En caso de empate en la votación, el presidente decidirá su voto”.
Las secretarías administrativas deben cooperar con la presidencia en las distintas tareas administrativas, llevar libros obligatorios y formular el balance mensual.
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Sueldos
- $ 50.000
- ronda el salario de un comisionado. Equivale a la categoría de subdirector en la administración provincial.
- $ 25.000
- lo que perciben aproximadamente los vocales. La mitad de lo que le corresponde al comisionado.
El reclamo público de una integrante de la lista opositora al oficialismo de Juntos Somos Río Negro (JSRN) en la Comisión de Fomento de San Javier, dejó al desnudo un vacío legal respecto a las funciones que deben cumplir los vocales, quienes cobran sueldo al secundar al titular.
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