Calf sigue con el cronograma de elección de delegados
El 17 de diciembre es el plazo para la presentación de listas y elegir a la asamblea de delegados y delegadas de la cooperativa. Elegirán un nuevo Consejo de Administración (foto Matías Subat)
La conducción de la cooperativa CALF confirmó la vigencia el cronograma de las elecciones previstas para el 28 de diciembre. Indicaron que fue apelado el fallo federal que consideró nulas las reformas en el estatuto de la cooperativa eléctrica de la ciudad que se implementaron en los últimos años.
«La presentación tiene efectos suspensivos y las elecciones distritales se harán en la fecha convocada», dijo Patricia Fernández Andreani, abogada de la cooperativa, en declaraciones al Diario RÍO NEGRO.
Agregó que «los actos administrativos se presumen legítimos, hasta que no recorra el camino judicial que los deje sin efecto, están adecuados a la ley, con lo cual, hasta que no quede en firme por una decisión de la Cámara Federal, no se modifica la agenda: el 17 de diciembre se sabrá quiénes están en condiciones de compulsar en la elección distrital«, dijo Fernández Andreani, con relación al cronograma de presentación de las listas.

En CALF las elecciones del nuevo Consejo de Administración son indirectas: las listas son para elegir a los delegados que, reunidos en asamblea, eligen a los consejeros que luego designarán a los 12 integrantes del Consejo de Administración. Por las últimas reformas del estatuto, la renovación del Consejo de CALF será completo, los 12 lugares, no por tercios.
Será la primera vez que el Consejo de Administración de CALF renueve la totalidad de sus consejeros.
El fallo de la jueza Carolina Pandolfi se conoció el 2 de diciembre y la apelación ante la Cámara Federal de Roca se presentó el miércoles, explicó la Fernández Andreani. La cooperativa planteó que CALF cumplió con todos los requisitos que pidió el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) para reformular sus estatutos en las asambleas del 2.023 y 2.025.
Se informó que además, cuestionaron la vía del amparo y la intervención de la jueza federal en el planteo legal,
El fallo de Pandolfi fue contra el INAES que convalidó la modificación del estatuto sin un procedimiento específico para llevar a cabo la reforma y contra CALF por llevar a cabo los cambios y convocar a asambleas en 2023 y 2025 sin asambleas de mandato especial para las reformas, como lo establecía su estatuto originalmente.
Según CALF, la jueza Pandolfi tomó el amparo sin tener competencia para intervenir en un acto administrativo del INAES ni en las resoluciones del Consejo de Administración o de la asamblea de la cooperativa como órgano de gobierno de la entidad cooperativa.
«La vía fue inadecuada para resolver esta cuestiones; la ley de cooperativas tiene mecanismos para atacar resoluciones que se consideren nulas; a su vez el juez natural para atacar una resolución administrativa como la del INAES es el contencioso-administrativo, o los jueces civiles y comerciales de Neuquén ante una definición de una asamblea», planteó la apoderada de CALF.
La base de la queja del amparista fue que el Consejo de Administración, tras la formación de una asamblea especial en 2016, reformuló el artículo 42 del estatuto que decía que las modificaciones del estatuto deberían ser aprobados por una asamblea de delegados especiales.
La versión de CALF
«En 2016 se hizo la asamblea de delegados especiales, el INAES lo aprobó y luego hizo observaciones al artículo 42 que resultaba confuso y no armónico con lo que exige la ley de cooperativas, que no habla de delegados especiales. Entonces el Concejo los extrae y la jueza sostuvo que no tenía facultades para hacerlo, cuando sí las tenía delegadas por la misma asamblea de delegados especiales para que adecuara» detalló Fernández Andreani.
Insistió en que Pandolfi planteó que el Concejo se extralimitó en sus facultades, pero «no achacó la conducta de CALF, sino del contralor, dice que es el INAES el responsable de haber aceptado esa modificación del Consejo de Administración».
La situación se torna compleja cuando, a partir del 2023, el Consejo de Administración, en función de ese estatuto modificado, hizo otros cambios en el estatuto cooperativo como la paridad de género, los requisitos para las presentaciones de listas para conformar la asamblea que elige a los consejeros, la modificación de la renovación parcial por la total del Consejo y la creación de nuevos distritos de votación, entre otros.
La conducción de la cooperativa CALF confirmó la vigencia el cronograma de las elecciones previstas para el 28 de diciembre. Indicaron que fue apelado el fallo federal que consideró nulas las reformas en el estatuto de la cooperativa eléctrica de la ciudad que se implementaron en los últimos años.
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