El STJ confirmó condenas por usurpación contra cinco mapuches en Bariloche
La causa tuvo como imputados a cinco integrantes de la comunidad Buenuleo, quienes recibieron condenas por ocupar tierras al pie del cerro Ventana. La defensa prepara un nuevo recurso ante la Corte Suprema.
A los miembros de la comunidad Buenuleo que fueron condenados el año pasado por usurpar un lote de 92 hectáreas al pie del cerro Ventana solo les queda ahora la opción de recurrir ante la Corte Suprema luego de que el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro resolviera esta semana confirmar la sentencia de primera instancia, dictada en Bariloche, y avalada también por el Tribunal de Impugnación.
El abogado de la comunidad, Matías Schraer, dijo que lo decidido por el máximo tribunal rionegrino “cerró la instancia provincial” pero ahora buscarán revertir el fallo condenatorio en la Corte Suprema de Justicia. Y si el reclamo es desoído también tienen la decisión de recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Las penas de hasta un año y tres meses de prisión recayeron sobre el lonko Ramiro Buenuleo y también sobre Aucán Maliqueo, Rosa Buenuleo, Sandra Ferman y Lucas Dinamarca. Los cinco fueron llevados a juicio por una denuncia de Emilio Friedrich, quien sufrió el “despojo” del predio ubicado en las nacientes del arroyo Ñireco, sobre el que ejercía posesión efectiva, en septiembre de 2019.
El planteo ante el STJ fue presentado por los defensores oficiales Marcos Ciciarello y Natalia Araya, quienes cuestionaron el rechazo el Tribunal de Impugnación a su recurso previo, emitido en febrero pasado. Lo cuestionaron por la “arbitrariedad e inobservancia de la revisión amplia exigida por la Corte Suprema”. Dijeron que se trató de una “impugnación mal denegada”.
También se presentaron en la instancia de queja ante el STJ, en condición de “amicus curiae”, varios integrantes del programa de Diversidad Cultural de la Defensoría General de la Nación, quienes alegaron la existencia de “ocupación tradicional y actual” de las tierras en litigio por parte del a comunidad mapuche y subrayaron la necesidad de tomar en consideración “el derecho a la propiedad comunitaria indígena”.
El fallo del máximo tribunal se conformó con el voto mayoritario de los jueces Sergio Barotto, Cecilia Criado y Sergio Ceci, a quienes acompañó con argumentos propios Liliana Piccinini. Conformada la mayoría, Ricardo Apcarian se abstuvo.
Según sostuvieron los magistrados, correspondía rechazar el recurso de la defensa porque no hizo más que “plantear los mismos agravios del juicio original”, entre ellos la supuesta parcialidad del juez Ignacio Gandolfi, que ya les había sido rechazada, y un error en la venta previa de las tierras.

“El recurso de queja no puede prosperar pues no rebate lo sostenido en la denegatoria, defecto formal que impide la habilitación de la instancia”, sostuvo el voto mayoritario. Agregó que la apelación de la parte agraviada no puede ser acogida “en la medida que el recurrente no se haga cargo de los argumentos distintos y suficientes que sustentaron la sentencia recurrida”.
Como suele ocurrir en fallos similares que desacreditan una apelación, el STJ dejó sentado que los defensores “manifiestan su discrepancia con la resolución del Tribunal de Impugnación, pero no realizan, en forma concreta y eficaz, una demostración acabada de la sinrazón del auto denegatorio”.
Preparan nuevos recursos
El abogado de la comunidad Buenuleo dijo que el STJ solo se detuvo en “cuestiones de forma” y no analizó el fondo de la cuestión, lo cual de algún modo era previsible. Consideró que los jueces actuaron con “excesivo rigor formal” y confió en tener otro resultado en instancias superiores.
Dijo que durante el juicio quedó constancia de que hay “agravios federales” y que los defensores oficiales van a recurrir una vez más en el intento de revertir las condenas por usurpación.
Tanto en su alegato ante el tribunal de juicio como en los recursos posteriores, el defensor Ciciarello recordó que existía una resolución del INAI en favor del derecho a la tierra por parte de sus defendidos y consideró que era “una gran injusticia” desconocer el derecho indígena.
A los miembros de la comunidad Buenuleo que fueron condenados el año pasado por usurpar un lote de 92 hectáreas al pie del cerro Ventana solo les queda ahora la opción de recurrir ante la Corte Suprema luego de que el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro resolviera esta semana confirmar la sentencia de primera instancia, dictada en Bariloche, y avalada también por el Tribunal de Impugnación.
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