En qué cambia desde ahora la forma de trabajo de jueces, fiscales y defensores en Neuquén

En plena feria judicial entraron en vigencia profundas reformas al Código Procesal Penal, que rige la forma de investigar y juzgar en la provincia de Neuquén. Cuáles son las nuevas normas.

Denuncia anónima, allanamiento en horario nocturno, ampliación del plazo de detención sin control judicial, prisión preventiva por reiterancia, forman parte del poderoso andamiaje legal que recibió la fiscalía mediante una profunda reforma del Código Procesal Penal de Neuquén. El paquete de leyes, publicado en el Boletín Oficial, entró en vigencia en plena feria y es analizado con minuciosidad en los Colegios de Jueces y la defensa pública, que no fueron convocados al debate legislativo.

Un estudio que circula entre magistrados y funcionarios se enfoca en el control de constitucionalidad de las nuevas herramientas otorgadas al Ministerio Público Fiscal.

La más cuestionada es la facultad que desde ahora tienen las y los fiscales de mantener detenida a una persona por 48 horas, excepcionalmente y mediante resolución fundada.

La Constitución de la provincia fija un plazo máximo de 24 horas, por lo que ya se especula con eventuales presentaciones de acciones de inconstitucionalidad o, al menos, hábeas corpus. «El fiscal puede mantener a una persona privada de su libertad, pero el control de detención siempre lo hace el juez«, recordó una magistrada consultada por diario RÍO NEGRO para esta nota.

Allanamiento y denuncia anónima


El otro punto espinoso es el allanamiento. Un juez lo puede autorizar, según la Constitución, dentro del horario 9 a 19 «salvo en caso de crimen o accidente». La nueva ley, en cambio, dice que «puede procederse a cualquier hora en los casos sumamente graves y urgentes y en las investigaciones por delitos de microtráfico». El trabajo que circula entre magistrados y funcionarios indica que el narcomenudeo «no es per se un crimen» por lo que esta herramienta debe ser usada «con motivación del juez y criterio restrictivo».

La denuncia anónima fue incorporada al Código Procesal Penal para casos de microtráfico, como insumo necesario para abrir investigaciones. Los Colegios de Jueces ya están en alerta que no puede ser la prueba autónoma en contra del imputado. Se dijo durante el debate legislativo, falta llevarlo al caso concreto.

El último punto analizado habla de agente encubierto y el testigo reservado, que no fueron introducidas en esta reforma. Sí se incluyeron el agente revelador y el informante pago, que son similares. La recomendación en este caso es un control judicial estricto y darlo por válido si no se usa como prueba dirimente.

¿Cuánto cobra un informante?


De acuerdo con el texto de la ley, informante es «la persona que, con reserva de identidad, a cambio de un beneficio económico, aporte a la policía, a las fuerzas de seguridad o al Ministerio Público Fiscal datos, informes, testimonios, documentación o cualquier otro elemento o referencia pertinente y útil que permita iniciar o guiar la investigación para la detección de individuos u organizaciones dedicados al microtráfico de drogas».

No está determinada la forma de pago ni cómo se calculará el monto. Esos aspectos quedaron sujetos a la reglamentación de la ley: «El Ministerio de Seguridad debe dictar las disposiciones necesarias a fin de reglamentar las cuestiones atinentes a la procedencia y forma de contraprestación económica» dice el texto aprobado.

La prisión preventiva por «reiterancia»


También se esperan controversias por la figura de reiterancia que entró en vigencia el pasado fin de semana. Es una causal más para imponerle la prisión preventiva a una persona, en este caso por el solo hecho de tener más de una formulación de cargos en su contra.

En la provincia de Río Negro, que aprobó una ley similar en forma contemporánea, ya hubo una acción de inconstitucionalidad contra esta ley que fue rechazada.