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La batalla política, familiar y judicial de Los Menucos que terminó con una condena

La Justicia ordenó que la intendenta y su hermana legisladora sean indemnizadas por los agravios de su primo en redes sociales.

Las disputas políticas y familiares que ocurren desde hace años en Los Menucos terminaron esta semana con una condena judicial. Si queda firme un fallo de primera instancia, el hijo de un exintendente y excandidato a gobernador deberá pagarles $ 600.000 e intereses a sus primas, que no son otras que la intendenta, Mabel Yahuar y la legisladora provincial, Soraya Yauhar.

La sentencia fue firmada este lunes, por parte del juez civil José María Iturburu, quien consideró que quedó acreditado el “daño al honor” de las dirigentes de Juntos Somos Río Negro, a partir de una serie de agravios expresados a través de redes sociales.

El autor de esos posteos fue Emilio Rubén Ali Yahuar, hijo del exjefe comunal entre 1995 y 1999, Rubén Ali Yauhar, quien también compitió en las elecciones provinciales de 2019, por el Partido Unión y Libertad.

Las diferencias entre los miembros de la familia son históricas y conocidas en la localidad de la Región Sur rionegrina, pero cruzaron un límite, cuando el primo de la intendenta y de la legisladora las acusó en Facebook de haber “exiliado a personas del pueblo” con “políticas de persecución y miedo”, además de atribuirles actos de corrupción en el manejo de fondos públicos.

Además de vindicarse, las hermanas Yauhar iniciaron un proceso dentro de la Justicia, que no avanzó dentro del fuero penal, pero que llegó a sentencia en el ámbito civil, precisamente porque la retractación que hizo su familiar fue considerada la principal prueba para comprobar el daño hacia ellas.

El hombre demandado negó los hechos y alegó que sus opiniones fueron “críticas de la gestión política” que “no son aceptadas” por sus primas. Además, negó haberles causado daño alguno, alegando como ejemplo que ambas triunfado nuevamente en las últimas elecciones, pese a sus críticas.

Sin embargo, para el juez esos argumentos no tuvieron el peso suficiente para revertir el escenario, priorizando el efecto causado por los agravios, que se constató además en una serie de pericias psicológicas presentadas en la causa.

“Considero que se ha probado en autos, por reconocimiento del propio demandado, la existencia de una conducta con virtualidad para poder afectar el honor en su esfera íntima o subjetiva, así como el buen nombre y la buena reputación de las actoras (honor en sentido objetivo) adquiridos por la virtud y el mérito de la persona, reputación o fama”, indicó el magistrado.

El magistrado respaldó esa postura en fallos del Superior Tribunal de Justicia, sobre casos análogos, donde se determinó que “habiendo mediado retractación de los imputados en sede penal y quedado implícitamente reconocida la autoría del hecho, el carácter ofensivo de las expresiones y la culpabilidad de los demandados, no cabe otro examen que aceptar la responsabilidad civil, en tanto ya se han configurado en forma incontrastable los presupuestos que hacen a la admisión del reclamo indemnizatorio”.

“Al respecto, la Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene dicho que: “La retractación presupone el reconocimiento expreso de haber sido el autor o de haber participado en la propalación de una ofensa, más esta excusa absolutoria no excluye la existencia del tipo delictivo ni la culpabilidad del agente, sin que tampoco permita expresar motivos que la condicionen o revelen que no es sincera””, agrega una sentencia del máximo tribunal rionegrino.

Viviendo en una comunidad tan pequeña, la política partidaria se torna intensa, y es normal el hecho de recibir agravios, pero ha sobrepasado todo límite tolerable.

Mabel y Soraya Yahuar, sobre su primo.

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