La Justicia anuló los nombramientos por decreto de Ariel Lijo y García-Mansilla en la Corte Suprema
El juez federal sostuvo que el decreto presidencial no respetó el mecanismo constitucional que exige el acuerdo del Senado.
El juez federal Alejo Ramos Padilla dejó sin efecto el decreto presidencial que nombraba a Manuel García-Mansilla y Ariel Lijo como jueces de la Corte Suprema, al declarar su inconstitucionalidad e inconvencionalidad. La sentencia fue dictada este jueves 17 de abril en el marco de un amparo presentado por distintas organizaciones sociales y jurídicas.
La resolución se centró en el Decreto N°137/2025, por el cual el Poder Ejecutivo había dispuesto el nombramiento en comisión de ambos magistrados. Ramos Padilla, titular del Juzgado Federal N°2 de La Plata, sostuvo que no se cumplieron los mecanismos previstos por la Constitución Nacional, ya que no hubo participación del Senado, como exige el procedimiento formal para la integración del máximo tribunal.
«La designación de los magistrados de la Corte Suprema constituye un acto complejo, federal que involucra la voluntad del Poder Ejecutivo Nacional y la del Senado«, remarcó el magistrado.
En su fallo, también negó que existiera una práctica histórica que respalde los nombramientos en comisión para este tipo de cargos. «En los últimos 100 años ningún presidente elegido por el voto popular había realizado un nombramiento en comisión de jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que se haya materializado», agregó.
La maniobra oficialista quedó a medias: García-Mansilla duró poco y Lijo no juró
García-Mansilla llegó a asumir el cargo, pero sólo permaneció en funciones durante 40 días antes de presentar su renuncia. En cambio, Ariel Lijo nunca llegó a jurar, ya que intentaba conservar su puesto en los tribunales de Comodoro Py mediante una licencia.
Con esta decisión, ambos juristas quedan definitivamente fuera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Con información de Noticias Argentinas
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