¡Qué momento!: le llevaron el auto porque tenía gráfica de un candidato de Neuquén

Ocurrió en el inicio de las elecciones 2023 en Neuquén. Además, circulan en las redes denuncias por mates de los fiscales que tienen los nombres de postulantes. ¿Qué está prohibido en estos comicios?

Este domingo, Neuquén atraviesa una elección muy importante, pensando en la renovación de gobernador, vice, diputados, intendentes, concejales y consejeros escolares. En este contexto, todos los detalles resaltan y nadie deja pasar nada.

Así fue que, en la Escuela 125 de Neuquén capital, este domingo por la mañana. Un auto fue retirado del estacionamiento porque tenía un ploteo de uno de los candidatos a gobernador, Rolando Figueroa.

Desde la Justicia Electoral explicaron que las multas van a los partidos, no a los particulares, pero cuando los carteles están a menos de 100 metros, pueden sacarlos.

Además, empezaron a circular fotos de mates que tienen fiscales, en las mesas de votación, con estampas de candidatos y el cuestionamiento a si eso está permitido.


Qué restricciones hay por la elección 2023 en Neuquén


El Código Electoral establece que, desde cuarenta y ocho (48) horas antes de la iniciación de los comicios, quedan prohibidos los actos públicos de proselitismo. Esto significa que la veda comienza desde el viernes, a las 8 de la mañana.

Desde las cuarenta y ocho (48) horas anteriores a la iniciación de los comicios y hasta tres (3) horas después de su finalización, queda vedada la difusión, publicación, comentarios o referencias, por cualquier medio, de los resultados de encuestas electorales.

Además, desde las cero (0) horas del día de los comicios y hasta tres (3) horas inmediatas posteriores al cierre, queda prohibido:

a) La exhibición, el depósito y la portación de armas, aun en este último caso a personas autorizadas para ello por autoridad competente, en los lugares donde se realicen los comicios y hasta una distancia de cien (100) metros del perímetro de aquellos, a excepción del personal policial o de las Fuerzas Armadas, o de seguridad asignado a la custodia del local donde se celebren los comicios.

b) Los espectáculos al aire libre o en recintos cerrados, acontecimientos sociales, culturales, deportivos y toda otra clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral y que no esté expresamente autorizada por autoridad competente.

c) El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.

d) A los electores, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.

e) La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de cien (100) metros de la puerta principal del lugar donde se instalan mesas receptoras de votos.


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