¿Quién lleva a Bullrich en la boleta? Revocan un fallo y la UCR mantiene su plan en Jacobacci y Sierra Grande

La Cámara Nacional Electoral intervino en el conflicto interno de la alianza provincial Cambia Río Negro-Juntos por el Cambio.

La Cámara Nacional Electoral revocó el fallo de la semana pasada, que había resuelto cuál era la agrupación política que podía anexar las candidaturas municipales de Jacobacci, Sierra Grande y Belisle a la boleta presidencial encabezada por Patricia Bullrich.

El jueves 28, la Junta Electoral Nacional del Distrito Río Negro había dado la razón al sector que lidera el diputado nacional Aníbal Tortoriello, reconociendo el vínculo jurídico existente entre la alianza nacional de Juntos por el Cambio y la coalición que en la provincia se denominó “Cambia Río Negro-Juntos por el Cambio”.

De esa manera, parecía desarticulada la estrategia diseñada por el sector interno liderado por el legislador Juan Martín, que avaló la posibilidad de que Bullrich aparezca en el primer tramo de las listas municipales de la UCR en esas localidades, para las elecciones del 22 de octubre próximo.

Hay que recordar que el radicalismo se presentó en Jacobacci y Sierra Grande con lista propia para el Concejo Deliberante, pero acompañando a los candidatos a intendente de Juntos Somos Río Negro.

La lista pretendida en Jacobacci tiene a la fórmula Bullrich-Petri en primer lugar, luego a los candidatos al Parlasur y a diputados nacionales de Juntos por el Cambio, para presentar luego a José Mellado como aspirante a la intendencia y finalmente a los postulantes de la UCR para el Concejo y para el Tribunal de Cuentas.

En Sierra Grande ocurre lo mismo, pero con la modificación en la intendencia, donde se presenta la legisladora de JSRN Roxana Fernández.

La Cámara Nacional Electoral entendió que ese esquema no tiene interferencias legales, porque “de las constancias obrantes en la causa se desprende que no se encuentran reunidas las condiciones que habilitan (NdR: a Cambia RN) a confeccionar boletas comunes en los términos antes expuestos”.

“Lo cierto es que no existe identidad de denominación entre aquellas agrupaciones, a la vez que –como afirma el propio representante de la agrupación provincial- “los apoderados de la alianza nacional Nº 132 y la […] de distrito Río Negro Nº 502 han manifestado su voluntad de no adherir sus boletas a los tramos de la alianza (que aquél representa)”, agrega la sentencia.

La Cámara Nacional Electoral determinó que, para el caso de la UCR, “sí se encuentran reunidos los recaudos que habilitan a confeccionar cuerpos comunes de boletas en las condiciones pretendidas en los recursos”.

“En efecto, del Anexo IV del Acta Constitutiva de la agrupación nacional surge el “acuerdo de adhesión de boletas de sufragio” (cf. fs. 10/11) que en el distrito se establece con la alianza “Juntos por el Cambio Río Negro”, al mismo tiempo que el apoderado de esta última manifiesta que se “ha optado por otorgar la adhesión a favor de la Lista 3 de la Unión Cívica Radical para la participación en las elecciones municipales simultáneas a realizarse en las localidades de Sierra Grande e Ingeniero Jacobacci”, completa el fallo, firmado por los jueces Santiago Corcuera y Daniel Bejas.

Fuentes de Cambia Río Negro consultadas esta tarde indicaron que las posibilidades de continuar el debate judicial eran bajas, estimándose que la sentencia dictada este mediodía no será apelada.


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