Un fiscal de Neuquén desafió las advertencias y volvió a pedir sanciones contra dos juezas
La tensión entre el Ministerio Público Fiscal y un sector del Tribunal de Impugnación alcanza niveles críticos. El Tribunal Superior de Justicia ya había llamado la atención para que no se crucen ciertos límites.
Un hombre fue sobreseído por el Tribunal de Impugnación de Neuquén que, en un fallo dividido, entendió que se vencieron los plazos del proceso para juzgarlo. La fiscalía recurrió a la sala penal del Tribunal Superior de Justicia, pidió que se declare nula la resolución y reclamó sanciones para las dos juezas que votaron por el sobreseimiento.
Esta acción abre un nivel más intenso en el conflicto que sostienen desde hace tiempo el Ministerio Público Fiscal y un sector del Tribunal de Impugnación por la vigencia de los plazos para juzgar, que hace a la esencia del Código Procesal Penal vigente desde el 2014.
Es la segunda vez que el fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid embiste contra integrantes del Tribunal de Impugnación. El año pasado, el Tribunal Superior de Justicia le advirtió que «deberá abstenerse de formular expresiones que podrían resultar agraviantes para la judicatura».
Ahora la controversia se dio en un legajo donde se investiga a un hombre por presunto abuso sexual. Como informó en su momento diario RÍO NEGRO, el imputado fue sobreseído porque a la fiscalía de Delitos Sexuales y a la querella institucional -la defensoría de los derechos del Niño, Niña y el Adolescente- se le vencieron los plazos que establece el Código Procesal para presentar el requerimiento de apertura a juicio.
¿Dos o tres vocales?
El fiscal jefe Breide Obeid, el fiscal del caso Manuel Islas y la defensora de los Derechos del Niño, la Niña y el Adolescente (querellante institucional), Natalia Stornini, presentaron una impugnación extraordinaria y el caso llegó a la sala penal del Tribunal Superior de Justicia, que emitió el acuerdo 6/2025 el 28 de agosto pasado.
Si bien lo firman la vocal Soledad Gennari y el vocal Evaldo Moya, en el texto se indica que participó de la deliberación otro vocal, Alfredo Elosu Larumbe.
Antes, en una audiencia oral realizada el 1 de agosto, la fiscalía y la defensoría expusieron sus argumentos. Le pidieron a la sala penal que anule el fallo y también le reclamaron que les aplique sanciones a las juezas que lo firmaron, Florencia Martini y Patricia Lúpica Cristo, del Tribunal de Impugnación.
«Ímpetu verbal»

La sala penal del TSJ falló una vez más a favor de la fiscalía y la defensoría, declaró nula la resolución del Tribunal de Impugnación y por ese motivo la investigación contra el imputado continuará abierta.
En cambio los vocales no acompañaron el pedido de sanciones. «Estas postulaciones no deben ser tratadas por no formar parte de sus recursos y ser, además, una derivación del ímpetu verbal asignado a sus propios alegatos», respondió Soledad Gennari con adhesión de Moya.
De todos modos, le señalaron otra puerta a la fiscalía: le recordaron que puede «acudir al ámbito que es propio para la determinación de responsabilidades», y citaron un artículo de la Constitución provincial y una ley: ambos se refieren al Jurado de Enjuiciamiento, mecanismo previsto para sancionar a magistrados y funcionarios que incurran en mal desempeño.
«Exceso en su lenguaje»
El año pasado, en la causa conocida como «Comarsa», Breide Obeid afirmó que los jueces del Tribunal de Impugnación Florencia Martini y Richard Tincheri «incurrieron en prevaricato» (ocurre cuando un juez dicta a propósito una resolución injusta, sabiendo que va contra la ley), y que «instigaron al Juez de Garantías a cometer idéntico delito».
En esa ocasión la sala penal, con el voto de Evaldo Moya y la adhesión de Alfredo Elosu Larumbe, efectuó un reproche y una advertencia al fiscal. Primero le recordó que si sospecha que existió delito, su obligación es denunciarlo. Lo dijo con estas palabras: «salvo que ese Ministerio Público hubiere omitido la comunicación de práctica a este Tribunal Superior de Justicia, interpreto que no existe contra tales magistrados ninguna actuación criminal en curso y que esa manifestación ha resultado un evidente exceso en su lenguaje, en desmedro de la mesura que dicho fiscal debió guardar al formular su alegato».
«Frente a la gravedad de la situación, propongo la respectiva advertencia al fiscal jefe Breide Obeid para que en lo sucesivo se abstenga de utilizar términos que puedan resultar ofensivos y agraviantes para la judicatura».
Tarjeta amarilla
En la parte resolutiva del acuerdo 4/24 del 5 de julio del 2024, la sala penal dispuso «recomendar al Ministerio Público Fiscal obrar con la máxima diligencia para la postulación de medidas del tenor examinado y advertir al fiscal Maximiliano Breide Obeid de que en lo sucesivo deberá abstenerse de formular expresiones que podrían resultar agraviantes para la judicatura».
También el año pasado Breide Obeid había dicho por lo sucedido en otro legajo, que «hay jueces que no saben lo que es el derecho ambiental, que no están a la altura, por lo menos de los cambios de paradigmas que viene marcando la Corte Suprema en materia ambiental».
Un hombre fue sobreseído por el Tribunal de Impugnación de Neuquén que, en un fallo dividido, entendió que se vencieron los plazos del proceso para juzgarlo. La fiscalía recurrió a la sala penal del Tribunal Superior de Justicia, pidió que se declare nula la resolución y reclamó sanciones para las dos juezas que votaron por el sobreseimiento.
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