Rechazan demanda por un preso que se escapó y mató
Familia de la víctima había reclamado al Estado una indemnización.
RÍO NEGRO
La Justicia rechazó por segunda vez la demanda de una mujer y su hija contra el Estado rionegrino por el asesinato del marido y padre, en manos de un delincuente que acababa de escapar del Penal 2, de Roca. Si bien ya existe una condena civil contra el autor del crimen, quien debería abonar a las víctimas una indemnización de más de tres millones de pesos, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial denegó la apelación en la parte que reclamaba la responsabilidad del Estado provincial por la “irregular prestación del servicio de custodia de los detenidos”, confirmando el fallo del juez de primera instancia José Luis Rodríguez.
Francisco Insulza, de 35 años, padre de una hija adolescente y soldador especializado de la Empresa Estatal Neuquina de Servicios de Ingeniería, fue asesinado el 1 de marzo del 2004 en Neuquén Capital, donde vivía con su familia.
El asesino, Juan Carlos Retamal, había escapado de la cárcel de Roca un día antes. Eran alrededor de las 23:15 cuando el prófugo encontró a su pareja, Verónica Oses, conversando con Insulza en la puerta de su casa. Entonces “en un ataque de celos e ira le disparó dos tiros que le provocaron la muerte”, asegura la demanda civil. Por ese hecho Retamal fue condenado por la Justicia neuquina a 12 años de cárcel.
La viuda y la hija iniciaron una demanda por daños y perjuicios contra Retamal y contra el Estado rionegrino, imputándole a este último la responsabilidad “por omisión por parte de los responsables de la Alcaidía de General Roca en el deber de cuidado, encarcelamiento y vigilancia de los presos”.
Tanto el juez civil de primera instancia como ahora la Cámara de Apelaciones coincidieron en rechazar el planteo contra el Estado. “No es suficiente con demostrar la omisión o irregular prestación del servicio sino que debe existir además un nexo de causalidad adecuada entre tal omisión y el daño injustamente sufrido”, sostuvo la Cámara en el fallo dictado el 13 de febrero pasado por los jueces Adriana Mariani y Gustavo Martínez, con la abstención de Víctor Darío Soto.
“Tal como señala el juez (de primera instancia, Rodríguez) surge de los elementos obrantes en autos que no era previsible que Retamal constituyera un peligro para sí o para la sociedad” ni que “exhibiera una conducta que mereciere especial atención, custodia o medidas de seguridad extremas para su detención”, opinó el tribunal. (Redacción central)
RÍO NEGRO
Registrate gratis
Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento
Suscribite por $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora
Comentarios