Rechazaron demanda a diez empleados municipales cipoleños

Reclamaron judicialmente el pago de un retroactivo por antigüedad del año 1991.

Rechazaron demanda a diez empleados municipales cipoleños

La Cámara Laboral de Cipolletti rechazó en los últimos días una demanda que fue efectuada por diez empleados del municipio cipoleño, quienes reclamaron que se les reconozca y abone un retroactivo del adicional por antigüedad que establecía la antigua Ordenanza 002, del año 1991, la cual fue suspendida por una emergencia económica.

En consecuencia, dicha emergencia que fue sancionada por ordenanza en 1995, generó la suspensión de la anterior norma (002/91) y a razón de ello dicho ítem que se pagaba por antigüedad. Posteriormente se sancionaron otros estatutos, que vinieron a suplir dicha bonificación, implementando un ítem de “Bonificación Estímulo por Años de Servicio” (BEAS), que fija un valor inicial para cada empleado que se encuentre en planta permanente, tomando en cuenta los años de servicio mas un ajuste posterior de un 50% sobre posibles aumentos salariales. Todo ello toma como regla no registrar sanciones disciplinarias.

A razón de esto, la Cámara Laboral consideró que el anterior estatuto ya había sido derogado y reemplazado, por lo que el derecho al reclamo también estaba proscripto, ya que se considera el plazo de 5 años como aplicable a las relaciones de empleo publico.

En este sentido, en la sentencia del camarista laboral Raúl Santos se expresó que a partir del dictado de las Ordenanzas 11/98, 031/03 y 172/11, la ordenanza que se reclama ha perdido vigencia, y puntualizó que no ha existido norma alguna que le haya hecho recobrar su actualidad práctica con fundamento normativo.


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