Se definió el pedido de restricción perimetral de Wanda Nara: los límites estrictos que deberá cumplir Mauro Icardi

Icardi deberá evitar cualquier tipo de contacto con Wanda Nara, ya sea de forma directa, a través de terceros o por medios digitales.

El juez del fuero penal porteño Norberto Luis Circo dictó una resolución en favor de Wanda Solange Nara, estableciendo una serie de medidas de protección en el marco de un proceso judicial que invoca la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. El fallo, que sigue los lineamientos de esta normativa, impone restricciones claras y contundentes contra Mauro Emanuel Icardi, ex pareja de Nara, con el objetivo de garantizar la seguridad de la denunciante.

Los límites estrictos que deberá cumplir Mauro Icardi por la restricción perimetral de Wanda Nara


Según el dictamen, se prohíbe a Icardi mantener cualquier tipo de contacto con Wanda Nara, ya sea de forma directa, a través de terceros o por medios digitales. Esto incluye “medios electrónicos, telefónicos, mensajería de texto, informáticos, correspondencia” y cualquier mención pública o privada sobre Nara o el conflicto judicial en redes sociales o plataformas similares. El juez especificó que, en caso de un encuentro accidental, Icardi “deberá retirarse inmediatamente del lugar”.

Además, la resolución establece una restricción perimetral de 100 metros respecto de Nara y de 500 metros en relación a sus domicilios, tanto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como en la Provincia de Buenos Aires. En cuanto a las hijas en común de la pareja, (F.I. e I.I.), el juez determinó que cualquier comunicación o gestión vinculada a ellas deberá realizarse exclusivamente «a través de un tercero designado a tal fin”, conforme al artículo 26, inciso A, apartado a.1 de la Ley 26.485.

Sin embargo, el tribunal no hizo lugar a las medidas restrictivas solicitadas por Nara que involucraban directamente a las menores. En este punto, el juez Circo indicó que se aguardarán los resultados de las entrevistas de revinculación que se están llevando a cabo en el fuero civil, coordinadas por el Equipo Técnico Interdisciplinario Judicial (ETIJ) del Ministerio Público Tutelar, antes de tomar una decisión al respecto.

Las medidas de protección dictadas tendrán vigencia mientras dure el proceso judicial en curso, según lo estipulado en los incisos a.1 y a.2 del artículo 26 de la Ley 26.485.