Ultimátum para que se resuelva dónde tirar la basura en San Martín

El vertedero debe cerrar en tres meses porque está al lado de un barrio. Consecuencias de las decisiones sin planificar delos gobiernos. El sitio regional con Junín se frustró.

Dice el refrán que el camino al infierno está empedrado de buenas intenciones. En esta ciudad, una serie de hechos que buscaron resolver necesidades sociales puntuales podría derivar en la inexistencia de un sitio para la disposición final de los residuos sólidos urbanos. De tal modo, el conjunto de la población debería empezar a enterrar la basura en el fondo de sus casas.

El dilema deberá resolverlo el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, adonde apeló la Municipalidad de San Martín de los Andes para evitar el cierre definitivo del relleno sanitario ubicado en Chacra 30 el 1 de enero próximo, según ordenaron los fallos de primera y segunda instancia a pedido de la Defensoría del Pueblo y del Ambiente local.

El pedido de razonabilidad radica fundamentalmente en las dificultades para encontrar un nuevo lugar donde generar un relleno sanitario que cubra todas las expectativas de cuidado medioambiental, tanto como en el tiempo material que demandaría su acondicionamiento para recibir la basura que generan día a día los más de 35.000 habitantes permanentes de esta ciudad, sin contar a los turistas.

La acción de amparo para cerrar el actual vertedero fue presentada en el mes de mayo pasado, entre otras razones, por la incompatibilidad que supone su existencia en cercanía de los barrios que se constituyeron a su alrededor durante los últimos años. La demanda fue impulsada por un grupo de los nuevos vecinos, quienes denunciaban el menoscabo en sus condiciones de vida.

Las primeras sentencias judiciales avalaron el planteo de ese grupo, que llegó a vivir allí a partir de 2015. En las audiencias públicas de ese año en que se debatió la urbanización de la denominada Chacra 32, el entonces director del Instituto de Vivienda y Hábitat y actual concejal, Martín Rodríguez, alentaba que ese sector “tiene el doble de lo que exige San Martín de los Andes para un buen vivir (…) es el mejor barrio que podemos construir”.

Esas soluciones habitacionales planificadas por el Estado y el anhelo lógico de los nuevos habitantes “a vivir en un ambiente sano” subsumieron al resto de la población en la incertidumbre. En términos jurídicos, podría entenderse que los nuevos vecinos “tenían la voluntad viciada por la necesidad de una vivienda, priorizando ese aspecto por sobre la salud”, según manifestaron profesionales del Derecho en diálogo con este diario.

“Pero el Estado no puede propiciar que la gente viva, por ejemplo, debajo de afloramientos rocosos que suponen un peligro inminente, por la probabilidad de desprendimiento de rocas. Son errores de gobierno que se pagan muy caro”, agregaron las fuentes.

El aval de la Justicia al reclamo para mudar el relleno sanitario pretende, en rigor, acelerar un proceso de vieja data para regionalizar el tratamiento de los residuos sólidos urbanos. Sin embargo, podría llevar a un estado de gravedad institucional si hace impracticable las sentencias.

Entre fines de 2009 y principios de 2010, los municipios de San Martín de los Andes y Junín de los Andes adhirieron a un Programa de Gestión Integral de Residuos Urbanos con financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo, pero aún no terminaron de destrabarse las medidas burocráticas para establecer un nuevo centro regional en ambas ciudades.

El proyecto de tratamiento de residuos regional implicaba el depósito de la basura en las afueras de Junín , pero el artículo 197 inciso d de su Carta Orgánica impediría esa alternativa.

“Queda prohibido (…) el vertido y/o depósito temporario y/o definitivo de sustancias tóxicas y/o actual o potencialmente peligrosas para el ambiente, la salud de las personas y/o sus bienes, que provinieren de fuera del ejido”, dice el plexo normativo juninense en el título Tratamiento y Eliminación de Desechos.

Tres datos

La ley 2648 sancionada en 2009 de residuos sólidos urbanos estableció plazos para eliminar los basurales a cielo abierto que vencen en junio de 2019.

Los dos frenos

judicial y aeronáutico

La Justicia ha rechazado la propuesta de abrir «una celda de corta duración» en el actual relleno sanitario mientras se avanza en la búsqueda de un nuevo emplazamiento para la disposición final.

La presencia del aeropuerto Aviador Carlos Campos, con el impedimento de instalar un vertedero a menos de 20 km a la redonda por la presencia de aves, supone la principal dificultad para encontrar un nuevo lugar dentro del ejido de San Martín de los Andes.

“El basural colapsó y está en riesgo el financiamiento del proyecto y la calidad ambiental de los que disfrutamos la región”.

Eduardo Fuentes, diputado de NE, pidió informes sobre el basurero regional.

“Se acordó adherir a la Ley 2648 que establece principios y obligaciones para la gestión integral de los residuos sólidos urbanos”

Vicente Godoy, intendente de Las Ovejas y titular del Ente Minas.

Datos

6.000
personas habitan en los barrios Cordones del Chapelco. Nuevas viviendas están en el límite del vertedero.
30
toneladas de residuos son las que se producen en promedio por día en San Martín.
1
de enero de 2018 es la fecha para dejar de llevar basura al vertedero de Chacra 30 porque se va a colmar la celda V según la Justicia.
La ley 2648 sancionada en 2009 de residuos sólidos urbanos estableció plazos para eliminar los basurales a cielo abierto que vencen en junio de 2019.
“El basural colapsó y está en riesgo el financiamiento del proyecto y la calidad ambiental de los que disfrutamos la región”.
“Se acordó adherir a la Ley 2648 que establece principios y obligaciones para la gestión integral de los residuos sólidos urbanos”

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