Río Negro mandará a compactar casi 2.500 vehículos secuestrados

Ya terminó la primera etapa de destrucción total de móviles oficiales. Si la Legislatura lo resuelve, tendrán el mismo destino los particulares que fueron secuestrados por diferentes razones.

Río Negro tomará una segunda iniciativa como para erradicar totalmente la creciente problemática de contaminación ambiental y visual que causan los vehículos abandonados en playones o depósitos oficiales, y que responde a la necesidad de mandar a destrucción ahora a un total de 2.365 rodados, según los cálculos oficiales.

La cifra más grande de vehículos judicializados está en Viedma. La mayoría ya no será devuelta a sus dueños originales. Foto: Marcelo Ochoa


Durante el semestre pasado concluyó en Cipolletti y General Roca la primera etapa de compactación de vehículos en desuso que pertenecieron al patrimonio provincial. En ese momento, se inutilizaron unos 200, entre los más antiguos y judicializados en el marco de un convenio con la Nación.
Para alcanzar la solución final se tomará como norma de protección un proyecto de ley votado recientemente en el parlamento provincial por iniciativa de los legisladores Elbi Cides y Viviana Germanier (JSRN).


La propuesta votada en primera vuelta adhiere a la Ley Nacional 26.348, en lo correspondiente a los automotores abandonados, perdidos, decomisados o secuestrados, cuyo dominio corresponda a los estados provincial o municipal y a los fines de disposición final en calidad de chatarra.
En este caso, el Ministerio de Seguridad y Justicia –como autoridad de aplicación– podrá requerir al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, informes sobre el estado del bien, y sobre el nombre y domicilio del titular registral, acreedores prendarios, juzgados embargantes e inhibientes del titular, la compañía aseguradora que hubiese efectuado presentaciones ante el Registro, si existiesen pedidos de secuestro vigentes y/o de quien se hubiere formulado denuncia de venta, debiendo realizar las notificaciones de rigor, a los efectos de establecer la neutralización o de pública subasta. Los municipios, aún cuando impulsaron en algunos casos normativas propias, podrán plegarse para aliviar sus depósitos propios.


“A lo largo de los depósitos de toda la provincia, hay autos acumulados desde hace muchos años, que por razones de antigüedad, obsolescencia, deterioro, han quedado abandonados en los predios de los puestos de control de la Agencia de Seguridad Vial Provincial, en los puestos camineros de la Provincia o en la vía pública”, advirtió la legisladora Germanier al momento del tratamiento del proyecto.

1.000
vehículos de distinto tipo están radicados en Viedma, 300 judicializados en Roca.
260
son los que están en Cipolletti, 340 en Dina Huapi, 410 en Bariloche.


Insistió en que “esto genera daños para el medio ambiente ya que el deterioro de estos vehículos ocasiona el desprendimiento de distintos fluidos, como aceite de motor, combustible, líquido de frenos, líquido refrigerante y ácido sulfúrico de baterías”.


El artículo cuarto del proyecto de ley es considerado “clave” por los autores en virtud de que en ese punto se determina que “se considera abandonado aquel que no fuera retirado por su titular registral, cuando hubieran transcurrido 60 días hábiles administrativos desde la notificación fehaciente para su retiro”.


Para el caso de que el conductor notificado al momento de la retención, no fuera el Titular dominial del vehículo, se librará dentro de los 10 días de la fecha de la retención, una notificación al propietario informándole acerca de su obligación de retirar el vehículo dentro de un plazo perentorio de 60 días hábiles administrativos, contados desde la fecha de dicha notificación.
Todo vehículo que por cualquier causa ingrese a los predios del Estado Provincial debe pagar un canon estipulado por día de estadía, equivalente 10 Unidades Fijas. El valor de cada unidad representa el costo de un litro de nafta súper, según el precio en surtidor del Automóvil Club Argentino (ACA)-Filial Viedma.


Infracciones y motivos

Para la destrucción se tomarán a vehículos secuestrados por infracciones de tránsito, faltas e incumplimientos fiscales, que sean hallados en lugares de dominio público en estado de deterioro, abandono o inmovilidad y que impliquen un peligro para la salud, seguridad pública o el medio ambiente.
La norma estipula que si en el término de 60 días hábiles administrativos, contados desde la fecha del acta de secuestro y encontrándose notificado fehacientemente, no se presentare el titular registral o la persona que fuera denunciada por este como adquirente o terceros interesados a retirar el vehículo o moto-vehículo secuestrado, se considerará que ha sido abandonado.


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