Sobreseyeron a la comunidad Campo Maripe, acusada de usurpación en Vaca Muerta

La defensa sostuvo que se había cumplido el plazo de tres años previsto en el código para el proceso penal. Ni la fiscalía, ni la querella, que habían impulsado la acción, se opusieron al planteo.

Seis integrantes de la comunidad mapuche Campo Maripe, que estaban acusados de usurpación en Añelo, corazón de Vaca Muerta, fueron sobreseídos hoy luego de que la defensa asegurara que se había cumplido con el plazo de tres años, previsto en el código provincial, para el desarrollo total del proceso penal. Ni la fiscalía, ni la querella, que habían impulsado la acción, se opusieron al planteo.

Los dos imputados y cuatro imputadas fueron llevados a juicio en abril de 2019. Se los acusó de haber ingresado el 12 de noviembre de 2014 al predio ubicado sobre Ruta Provincial 17, kilómetro 154, de la zona rural de la localidad, para invadir y turbar la posesión, y así despojar de las tierras a los denunciantes, la familia Vela.

El juez de Garantías, Gustavo Ravizzolli, los absolvió y dijo que la disputa debía resolverse en la justicia civil, dónde hay un proceso abierto, e indicó que era necesario aplicar el principio de mínima intervención del derecho penal.

El Tribunal de Impugnación anuló por unanimidad esa sentencia y ordenó un nuevo juicio. La sala penal del Tribunal Superior de Justicia declaró inadmisible la apelación, por lo cual el debate oral debía volver a realizarse este año.

En la audiencia de hoy ante el juez de Garantías, Mauricio Zabala, la defensa argumentó que el artículo 87 del Código Procesal Penal de Neuquén, que rige desde el 14 de enero de 2014, establece que la duración máxima de todo procedimiento es de tres años, improrrogables, contado desde la apertura penal preparatoria. Transcurrido ese período debe dictarse el sobreseimiento por extinción de la acción penal.

La formulación de cargos, en este caso, fue el 26 de septiembre de 2017.

La defensora, Micaela Gomiz, afirmó que en Neuquén el plazo razonable está fijado por el código. «Si vos mirás ahora estamos en un proceso que lleva seis años, tres años de la formulación de cargos, pero antes de eso ya hubo casi tres años de investigación, sin formulación de cargos», remarcó. Su petición también fue acompañada por los defensores, Emmanuel Guagliardo y Fernando Diez.

El fiscal, Marcelo Silva, y el querellante, Juan Coto, no se opusieron al pedido, por lo que el juez los sobreseyó.

La causa siempre tuvo una alta relevancia pública no solo porque el conflicto se desarrolla en un sitio crucial para el proyecto hidrocarburífero de la provincia, sino porque está a la par de la discusión sobre el relevamiento territorial de las comunidades indígenas, previsto en la ley 26.160, y que aún no ha concluido.

Para el gobierno provincial este no era un caso más. En el juicio fue citado como testigo Jorge Lara, el actual secretario de Desarrollo Territorial y Ambiente que declaró que no había prueba documental que le diera la razón a los acusados, a quienes nunca nombró como comunidad mapuche.

El fiscal jefe, Pablo Vignaroli, aseguró que el cambio en la estrategia se debía a que «la víctima había demostrado un desinterés en seguir en el juicio. Nosotros decidimos acompañar a la víctima, nada más. Nuestro pensamiento respecto de lo que pasó en el caso no varió.»

Coto explicó: «mis clientes aceptan las reglas que el Código establece y el Código establece una regla que es: no importa cómo se comportaron las partes, no importa qué hicieron o dejaron de hacer, cuando se vencen los tres años, se vencen. Antes los jueces evaluaban varias pautas».

Señaló que la querella «aceptó las consecuencias de la ley.»

Gomiz manifestó que la fiscalía se movió «según el momento político». Indicó que en 2015 el ministerio público había archivado las actuaciones porque «consideró que era una comunidad mapuche y no había dolo». «En el año 2016 cuando los aires políticos cambiaron y se impuso un discurso desde el ministerio de Seguridad de la Nación, de la mano de Patricia Bullrich y Pablo Nocetti, eso impulsó nuevamente la causa con una clara intención de seguir señalando como posibles delincuentes a autoridades de una comunidad», subrayó la abogada.

Recordó que durante el juicio se intentó permanentemente deslegitimar la identidad mapuche de las personas acusadas.

El trámite civil -sobre posesión- continúa. Para Gomiz el conflicto debe resolverse en el ámbito propiciado por la ley de relevamiento, ya que entiende se trata de una ocupación indígena, tradicional y colectiva de este territorio.


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