Ocho años de cárcel para la mujer que causó un incendio en el que murió su pareja, en San Martín de los Andes
El hecho ocurrió el 10 de febrero de 2024, entre las 8:30 y las 9:00, después de una reunión en una comunidad mapuche.
El tribunal conformado por los jueces Maximiliano Bagnat, Federico Sommer y Diego Chavarría Ruíz dictó una pena de ocho años de prisión efectiva para Beatriz Esther Cayún, declarada responsable del delito de incendio seguido de muerte en perjuicio de su pareja, José Emiliano Catricura.
Según expuso la Fiscalía, el episodio tuvo lugar el 10 de febrero de 2024, entre las 8:30 y las 9:00, en la vivienda que la pareja habitaba en San Martín de los Andes. Tras una discusión posterior a una reunión comunitaria, Cayún arrojó nafta dentro de la casa y encendió un fósforo.
La víctima sufrió quemaduras en el 90% del cuerpo
El fuego se propagó rápidamente y una explosión bloqueó la puerta de ingreso. Catricura logró escapar por la parte trasera, pero sufrió quemaduras en el 90% del cuerpo y falleció horas más tarde en el hospital. La acusada también resultó gravemente herida.
Durante la audiencia de cesura, el fiscal jefe Gastón Ávila solicitó una pena de nueve años, argumentando que el caso presentaba agravantes que justificaban superar el mínimo legal de ocho. Señaló la dimensión del daño material —la destrucción total de la vivienda familiar, que dejó sin hogar al hijo de la pareja—, la extrema gravedad de las lesiones que causaron la muerte de Catricura y el riesgo al que estuvo expuesto el hijo, presente en la propiedad cuando inició el fuego.
Añadió además el impacto social que el hecho generó debido al valor simbólico del fuego en las comunidades mapuche.
La defensa pidió la inconstitucionalidad
La defensa pública, en cambio, pidió que se declarara la inconstitucionalidad del mínimo legal, con el fin de habilitar una pena en suspenso de tres años.
El tribunal rechazó ese planteo al considerar que no existía una desproporción que justificara apartarse de la escala penal. También desestimó la posibilidad de modificar la calificación ya definida en la sentencia previa.
Finalmente, los jueces establecieron la pena en ocho años, valorando como atenuantes la ausencia de antecedentes de Cayún y las lesiones que sufrió durante el hecho.
Concluyeron que su situación de “vulnerabilidad estructural” equilibraba los elementos agravantes señalados por la Fiscalía.
El tribunal conformado por los jueces Maximiliano Bagnat, Federico Sommer y Diego Chavarría Ruíz dictó una pena de ocho años de prisión efectiva para Beatriz Esther Cayún, declarada responsable del delito de incendio seguido de muerte en perjuicio de su pareja, José Emiliano Catricura.
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