STJ confirmó pena contra exobispo evangélico por abusos

La sentencia es de 3 años de prisión condicional e inhabilitación especial de 10 años para ejercer esa actividad religiosa.

Los argumentos que planteó en un recurso de casación la defensa oficial del obispo evangélico José Lucino Figueroa, que fue condenado a 3 años de prisión condicional e inhabilitación especial de 10 años para ejercer esa actividad religiosa por el delito de abuso sexual agravado y reiterado por tratarse de un ministro de culto, no lograron convencer a los jueces del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro.

El STJ declaró mal concedido el recurso de casación, que presentó el defensor oficial Marcelo Álvarez Melinger, en representación de Figueroa, y confirmaron la sentencia de la Cámara Criminal Segunda de Bariloche, que condenó el 14 de agosto pasado al obispo evangélico.

El fallo del máximo tribunal de la provincia se dictó el 2 mayo pasado y se publicó en la página web del Poder Judicial de la provincia.

La presidenta del STJ, Liliana Piccinini, redactó el voto de la sentencia, con la adhesión de sus pares Ricardo Apcarian y Sergio Barotto.

Álvarez Melinger sostuvo en el recurso de casación que el anterior defensor particular del obispo “omitió explicitar los motivos por los cuales eran esenciales para su defensa los testigos que debían declarar”. Dijo que los testigos eran clave para “demostrar la imposibilidad material de que ocurrieran los hechos” que se le atribuyeron a Figueroa.

Advirtió que no se tuvo en cuenta el estado de salud del imputado y se lo obligó a “concurrir sedado al juicio para evitar riesgos cardíacos, lo que le impidió defenderse activamente como era necesario”.

Indicó que hubo arbitrariedad en el fallo “pues no se resguardaron sus derechos y se violó el principio de igualdad de armas al permitirse solamente prueba de cargo y no la que hacía a su defensa, por un mero defecto formal atribuible solamente a quien era su defensor”.

Pidió la absolución del obispo o la realización de un nuevo juicio que respete su derecho de defensa.

La Cámara Criminal Segunda condenó al obispo como autor de tres abusos simples (tocamientos) en perjuicio de chicos que entonces tenían 13 años y que concurrían a la iglesia Unión Pentecostal, que está ubicada en Basilea y Pasaje Gutiérrez de esta ciudad.

Según la acusación fiscal, el primer hecho ocurrió entre junio y julio de 2006, el segundo sucedió la madrugada de septiembre de 2006 y el tercero, entre junio y julio de 2008.

El STJ desestimó los argumentos de la defensa y sostuvo que Figueroa se encontraba en condiciones de ser juzgado.


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