Un motociclista recibirá una indemnización de casi $2.5 millones

Fue atropellado y el conductor del vehículo no tenía carnet de conducir. El hecho ocurrió en Catriel, como consecuencia del impacto la víctima sufrió múltiples fracturas.

La Justicia fijó una indemnización de 2.446.993 de pesos en favor de un motociclista que fue embestido en una esquina de Catriel. El demandado, quien conducía un Ford Fiesta circulaba sin contar con el carnet de conducir habilitante. El fallo de la Justicia Civil es de primera instancia, aún no está firme.

El hecho ocurrió el año pasado en la esquina de Roque Sáenz Peña y Las Glisinas, el hombre que iba en el vehículo de mayor porte giró intempestivamente a la izquierda y, como consecuencia de esa maniobra brusca, atropelló a un motociclista.

Como consecuencia del impacto, la víctima sufrió doble fractura expuesta de tibia y peroné, fractura de mano izquierda, además de excoriaciones y hematomas en diversas partes del cuerpo. Fue intervenido quirúrgicamente en el hospital de Cipolletti.

Como el vehículo Ford Fiesta Max estaba asegurado, cuando la víctima del accidente decidió promover demanda por daños y perjuicios contra el conductor se le dio intervención a la compañía de seguros. Sin embargo, durante el trámite se planteó la “exclusión de cobertura” debido a que el conductor carecía de licencia de conducir y el contrato de seguro tiene una cláusula especifica de exclusión respecto de esta situación.

Surge del informe remitido por la Municipalidad de Catriel que el demandando inició su trámite para obtener la licencia pero no rindió el examen teórico ni practico. En consecuencia el carnet nunca se emitió.

Son claras tanto la pericia accidentológica del expediente penal como la realizada por el perito de estos autos cuando establece la responsabilidad del vehículo Ford Fiest Max, describiendo la maniobra como peligrosa o riesgosa al tránsito, con lo cual se tiene por probado los extremos legales necesarios para tener por acreditado el evento dañoso, la relación de causalidad entre el daño y el hecho, todo lo que concluye indefectiblemente a determinar la responsabilidad del conductor en los daños derivados de ese siniestro”, dice el fallo de la jueza civil de Cipolletti Soledad Peruzzi.

En la parte resolutiva, además de ordenar la indemnización la magistrada hizo lugar a la exclusión de cobertura del seguro por lo que el demandando deberá afrontar el pago de forma independiente.


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