Un proyecto para proteger los derechos de familias rionegrinas

Angela Sosa/Marco Urra*

La sanción y entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación en agosto del 2015 produjo un profundo impacto en la sociedad al reconocer la realidad de nuevos modelos de familia que existen en la actualidad. Por un lado se modificaron las instituciones relativas a la capacidad de las personas, divorcio, adopción, entre otros. Por otro se regularon diversos aspectos que la realidad social reclamaba en las relaciones familiares existentes, receptando expresamente diversas disposiciones establecidas en los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional.


Actualmente en la provincia de Río Negro el proceso de familia se encuentra regulado por la ley 3934 y en un capítulo especial en el Código Procesal Civil.
Ambos evidencian, en la práctica judicial, serias deficiencias que conllevan a la necesidad de una regulación especial con una visión sistémica, completa y coherente que prevea cuestiones propias del fuero de familia y los derechos que se encuentran discutidos.


Al no existir en la provincia de Río Negro un código específico que regule las formas de hacer efectivos los derechos contemplados en el nuevo Código Civil Comercial de la Nación, se gestó un proyecto de Código Procesal del fuero de Familia.
Este tiene en cuenta la realidad y complejidad actuales y establece vías procesales, es decir, formas idóneas en concordancia con los esenciales derechos en juego, no solo para los operadores jurídicos, sino también para todas las personas que acuden a la Justicia para el reconocimiento de sus derechos.


Este proyecto, que será tratado en la Legislatura de Río Negro, acorde con la normativa local, nacional e internacional de derechos humanos, y es producto de un trabajo mancomunado entre el Poder Judicial de la provincia de Río Negro con los colegios de abogados de cada circunscripción judicial.


El norte de tal proyecto, que demandó dos años de trabajo, consiste en adecuar la legislación procesal del fuero de familia en el ámbito local al nacional para que todos los ciudadanos tengan un efectivo acceso a la Justicia mediante un procedimiento ágil y a la vez les garantice sus derechos esenciales y fundamentales.


En el proceso de familia, a diferencia de otros, confluyen intereses y derechos humanos de diferentes personas que tienen una especial protección jurídica debido a la situación de vulnerabilidad (niños/as y adolescentes, adultos mayores, víctimas de violencia de género, personas con discapacidad, entre otras).


Los abogados, los jueces de Familia, la defensa pública y los equipos interdisciplinarios deben tener un rol y perfil específico acordes a las actuales problemáticas.



Por eso, los abogados que nos dedicamos a defender éstas cuestiones, los jueces de Familia, la defensa pública y los equipos interdisciplinarios compuestos por psicólogos y trabajadores sociales deben tener un rol y perfil específico acordes a las actuales problemáticas.


Algunas de las novedades que posee este proyecto son: resaltar que la finalidad del procedimiento llevado a juicio es la solución o pacificación del conflicto familiar, prever un procedimiento ágil de divorcio con indiferencia de las razones que lo motivan porque corresponden a la esfera de intimidad de las personas, asegurar la inmediación como contacto directo del juez con las partes involucradas en la problemática, particular respeto de niños/as y adolescentes, personas con discapacidad y adultos mayores entre otros, y procurar la celeridad en la tramitación de los procesos para obtener una respuesta judicial rápida y oportuna.


Asimismo se regulan: los procesos de restricción de capacidad con revisión periódica y mayores garantías para la persona partiendo siempre del principio de capacidad, el proceso de adopción con especial énfasis en los derechos de los niños/as y adolescentes; un proceso de filiación dinámico; y las medidas de protección excepcional de derechos de niños/as y adolescentes que adopta el organismo administrativo de protección de derechos de la infancia. Todo ello acorde con los derechos humanos de las personas involucradas.


El nuevo ordenamiento procesal que se proyecta contempla también la perspectiva de género como forma de abordaje del conflicto familiar y se legisla sobre la violencia de género en su integralidad para superar la sesgada asimilación a la violencia familiar.


En definitiva, este proyecto, como esfuerzo consensuado de los diversos sectores involucrados en la problemática del fuero de Familia, ha intentado diseñar un proceso que resulte superador, para que la protección de los derechos de los ciudadanos no se frustre por el fracaso de la forma o la manera en el que se reclamen.

*Abogados, integrantes del grupo del Colegio de Abogados de Roca que participó de la discusión de la iniciativa que se presentó en la Legislatura rionegrina


Angela Sosa/Marco Urra*

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