Un vocal designado a dedo
Educación
Con total displicencia y a pesar de todos los errores legislativos en la sanción de la Ley 4819 de Educación –claramente marcados en el artículo “Conviven dos leyes “orgánicas” de Educación en Río Negro” del 3/4/13–, nos enteramos que la Legislatura designará por dos años (hasta la finalización del presente mandato gubernamental), a dedo –sí, a dedo–, al vocal representante de los padres. Este acto no es ni más ni menos que un abuso de poder ya que la ley sancionada –4819– por estos mismos “representantes” dice que: “Artículo 182.- Los Consejos escolares están integrados por representantes de padres y madres de estudiantes, representantes de los docentes, representantes de los estudiantes, representantes de los municipios, representantes de los trabajadores de servicios de apoyo y presididos por un coordinador designado por el Consejo Provincial de Educación. Cada Consejo escolar está constituido por un (1) representante de cada uno de los sectores intervinientes y hasta 2 (dos) miembros suplentes por cada titular. En caso de que el Consejo escolar comprenda a más de un municipio, se integra un representante por cada Municipalidad, permaneciendo igual la representación en los otros sectores. Los integrantes representantes de los padres, madres, de los estudiantes, de los docentes y del personal de servicios de apoyo son elegidos por el voto de sus representados. Todos los representantes, a excepción del Coordinador del Consejo escolar, deben ser ad honórem”. Otros artículos de la misma ley además dicen: “Artículo 158.- El Consejo Provincial de Educación está integrado por un (1) presidente, dos (2) vocales en representación por el Poder Ejecutivo, un (1) vocal en representación de los docentes en actividad y un (1) vocal en representación de los padres/madres de los estudiantes”. “Artículo 162.- El vocal representante de los padres y madres, tanto titular como suplente, son elegidos mediante voto directo y secreto”. Transcripto esto no quedan dudas, en el marco de la noticia pública y por más que quieran disfrazar el acto de un avance de la democracia, que esto es claramente un movimiento partidario para poner al representante que mejor les sirva a sus intereses, cerrando este procedimiento con una conducción gremial que hizo exactamente lo mismo al designar a dedo a los representantes docentes en los consejos locales, a pesar de lo sancionado en el artículo 182. A la mordaza impuesta, por orden del ministro, a los docentes para que no puedan hablar ni denunciar públicamente, se le suma la cobertura de cargos con amigos, por dos años, precisamente y casualmente hasta terminar el mandato de gobierno. Esto significa utilizar las estructuras del Estado a gusto del consumidor. Un claro y evidente acto partidario, convalidado vaya a saber por ¿todos?, cuando la ley dice que debe ser votado el vocal por los propios padres y no designado a dedo. ¿Cómo se llama este acto? ¿Vamos por más democracia o simplemente serán lecturas de realidades diferentes? Claro, la de los trabajadores, que en promedio necesitan casi un año de salarios para ganar lo que gana un ministro –o legislador y alguno de los amigos asesores– en un mes, y, por supuesto, la de esas mismas autoridades que disfrazan todo en función del poder. Este acto anunciado –para luego decir que avisaron– tendría un viso de mínima seriedad si la designación hubiera sido antes de la sanción de la ley 4819. Posteriormente, es una burla impensada al pueblo de Río Negro ya que los mismos que sancionan una ley que impone un cumplimiento, y que nada dice al respecto de que se hará provisoriamente, no la cumplen. Es alevosamente un acto inconstitucional. Lamentablemente, en estos caminos, más de lo mismo. ¿Hay algún fiscal que atienda esto? (*) Exsecretario general de Unter- Exvocal gremial en el CPE
héctor roncallo (*)