Las parejas de Bariloche quieren legalizar

Con el nuevo Código Civil hay más uniones convivenciales. Varias lo hacen porque necesitan el certificado para trámites, por caso para acceder a una vivienda del IPPV.

¿Matrimonio o unión convivencial? Preguntan en el Registro Civil cuando una pareja se presenta para consultar los trámites necesarios y pedir turno.

“Notamos un crecimiento de las uniones convivenciales con el nuevo Código Civil”, admitió Jorge Huircapán, el delegado del Registro Civil de Bariloche que hasta junio, en lo que va de este año, tuvo 190 matrimonios y 133 uniones convivenciales, de estos 3 fueron casamientos igualitarios y 6 uniones de parejas homosexuales.

Huircapán admitió que muchas parejas realizan las uniones convivenciales porque es una exigencia en ciertos trámites, por caso para acceder a una vivienda social el IPPV exige ese certificado.

¿Cuál es la diferencia? “Son las mismas responsabilidades, lo único que no genera es un ‘estado civil’, en ese punto sigue siendo ‘soltero’”, explicó Huircapán.

Otra diferencia es el costo. Para realizar la unión convivencial se debe pagar en el Registro Civil $ 90, mientras que el matrimonio es ahora gratuito, solo se cobra si la pareja quiere que el responsable oficie el casamiento a domicilio (es decir en un salón de eventos u otro espacio fuera del Registro Civil).

Con el nuevo Código se exige que los integrantes de la unión convivencial deben ser mayores de edad, no deben estar vinculados en parentesco de línea recta, colateral hasta el segundo grado, ni estar unidos por vínculos de parentesco por afinidad en línea recta. Tampoco se podrá concretar la unión si uno de los convivientes tiene un vínculo matrimonial vigente con otra persona o tenga registrada otra convivencia de manera simultánea.

Otra exigencia es tener una convivencia efectiva de al menos dos años aunque para quienes tengan hijos en común no se contempla este punto.

La pareja podrá además establecer pactos de convivencia, detallar los bienes que cada uno aporta hasta cómo debe ser el reparto de bienes en caso de separación.

En números

En el Código Civil

El artículo 509 indica que la unión convivencial está “basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo”.

Datos

190
matrimonios hubo hasta junio del 2017. En ese mismo período se registraron 133 uniones convivenciales.

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