Rechazan apelaciones de jefes policiales por crímenes del Alto

La Cámara Segunda del Crimen desestimó el planteo de la defensa de los excomisarios Cufré, Villanova y Hermosa por la causa que los vincula a los hechos ocurridos en 2010.

Rechazan apelaciones de jefes policiales por crímenes del Alto

La Cámara Segunda del Crimen ratificó el procesamiento contra los excomisarios Victor Cufré, Jorge Villanova y Argentino Hermosa. De esta manera sigue en pie el procesamiento dictado por el juez Ricardo Calcagno por considerarlos coautores de los delitos de homicidio culposo, lesiones leves culposas; y lesiones graves culposas, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, todos cometidos el 17 de junio de 2010.

Aquella tarde el exsecretario de Seguridad de la provincia, el exjefe de la Policía de Río Negro, y el extitular de la Unidad Regional Tercera estaban en El Bolsón y no regresaron para conducir el operativo de seguridad, a pesar de la crítica situación que se vivía en los barrios próximos a la comisaría 28.

La defensa había apelado el procesamiento, pero el Tribunal consideró que “la ausencia de un plan o una estrategia para encauzar en términos lícitos, racionales y proporcionales el uso de la fuerza, incrementó el riesgo inherente a la utilización de este armamento por parte de los efectivos policiales que estuvieron en el escenario de los hechos y que dieron lugar al contexto de las muertes y lesiones acreditadas”.

La resolución judicial también apunta al accionar del los imputados ya que, tras los hechos ocurridos aquella tarde, “omitieron sus propios deberes de control” respecto al enfrentamiento que se desarrolló en las calles del barrio 181 Viviendas y que acabó con la muerte de Sergio Cárdenas y Nicolás Carrasco.

Además los jueces insistieron en que se tomaron medidas que “lejos de tener por finalidad una disminución de dichos riesgos, los intensificaron aún más”.

El texto también refiere a que los excomisarios contaban con “facultades suficientes” para disminuir los riesgos generados. Más allá de la cuestión jerárquica, los magistrados entendieron que podrían haber mejorado la intervención de los agentes policiales: “estando en la ciudad, con jerarquía funcional suficiente, en la gama de posibilidades, eligieron mal”.


La tarde del 17 de junio de 2010, cuando ocurrieron los homicidios de Sergio Cárdenas y Nicolás Carrasco en un sector del Alto de Bariloche como consecuencia de una brutal represión policial, el exsecretario de Seguridad de la provincia, Víctor Cufré, el exjefe de la Policía de Río Negro, comisario Jorge Villanova, y el extitular de la Unidad Regional Tercera, comisario Argentino Hermosa, estaban en El Bolsón. Y no regresaron para conducir el operativo de seguridad a pesar de la crítica situación que se vivía en los barrios próximos a la comisaría 28. Seis años después, el juez de Instrucción Ricardo Calcagno dictó el procesamiento de los tres como presuntos autores de los delitos de homicidio culposo y de lesiones graves y leves culposas porque además hubo doce personas heridas con proyectiles de plomo y postas de goma.

También se les atribuyó el delito de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, todos en concurso ideal y en calidad de coautores a partir de la acusación que impulsó el exfiscal Bernardo Campana.

“Si los imputados hubieran cumplido integralmente las normas señaladas, el resultado seguramente hubiera sido menos lesivo y hasta quizás podría no haber ocurrido, por lo cual concluyo que la violación de dichas normas efectivamente creó un peligro mayor que desencadenó el resultado no querido”, sostuvo Calcagno, en la resolución que dictó el 2 de junio . El procesamiento no está firme. Es más, uno de los imputados ya lo apeló, informaron ayer desde el Poder Judicial.

Proyectiles de plomo

Según la acusación fiscal, Carrasco murió tras recibir dos postas de plomo y Cárdenas fue alcanzado por un proyectil de plomo que rebotó. Las sospechas apuntan a que las postas de plomo salieron de armas policiales.

La represión se desencadenó tras la protesta de jóvenes contra la comisaría 28, que funcionaba en Onelli y Pablo Mange, por el homicidio de Diego Bonnefoi a manos del cabo Sergio Colombil, ocurrido esa madrugada.

Calcagno sostuvo que los exjefes policiales omitieron recurrir al exgrupo de operaciones BORA para contener la situación”.

Según el procesamiento, la impericia y negligencia del accionar de Cufré, ocasionó “una agresión armada y desmedida, con uso irracional y desproporcionado de la fuerza policial en contra de los manifestantes”.

Calcagno indicó que policías que no habían hecho el curso necesario usaron escopetas 12/70 y 12/76 y se utilizó proyectiles antitumulto y de plomo. Y hasta pidieron proyectiles a una empresa de seguridad privada.

Portación innecesaria

El juez consignó la portación y exhibición de armas reglamentarias en forma innecesaria por parte de los policías, “todos comportamientos contrarios a las normas constitucionales y legales vigentes”.

“No se ha podido constatar la existencia de una orden directa de lesionar o quitar la vida a los ciudadanos que se pronunciaban”, aseguró Calcagno.

“Tan sólo se advierte un despliegue imperito en la conducción de las fuerzas de seguridad al momento de encontrarse los imputados en esta ciudad y que con total desidia viajaron a El Bolsón a llevar a cabo una entrevista que no revestía el carácter de urgencia que el suceso aquí investigado sí ameritaba”, añadió el magistrado.

El laberinto de la causa Cárdenas-Carrasco

17 de junio 2010: represión policial provoca las muertes de Sergio Cárdenas y Nicolás Carrasco y deja 13 jóvenes con lesiones. El fiscal Marcos Burgos inicia la investigación. La causa queda a cargo del juez Martín Lozada.

Mayo 2011: la Cámara Criminal Segunda hace lugar a la recusación contra Lozada y lo apartan por falta de imparcialidad. Anulan el llamado a indagatoria de los imputados.

Junio de 2011: la causa pasa al juez de Instrucción Miguel Gaimaro Pozzi

Diciembre 2011: Gaimaro Pozzi cita a indagatoria a los imputados para febrero de 2012 a partir de la acusación del fiscal Burgos, que no incluyó al ex secretario de Seguridad, Víctor Cufré, ni a los comisarios Jorge Villanova y Argentino Hermosa.

Febrero 2012: la defensa pide postergar las indagatorias.

Marzo 2012: Gaimaro Pozzi asume como camarista Penal. La causa pasa al juez de Instrucción Ricardo Calcagno.

Septiembre 2014: Calcagno procesó a los comisarios Fidel Veroíza y Jorge Carrizo y tres agentes policiales y dictó falta de mérito para siete policías.

Diciembre 2014: el fiscal Bernardo Campana imputó a Cufré, Villanova y Hermosa por el delito de homicidio culposo.

Julio 2015: Cámara Segunda confirma parcialmente los procesamientos, pero cambia la calificación a homicidio culposo para Veroíza y Carrizo.

Julio y agosto 2015: indagan a Cufré, Villanova y Hermosa.

Septiembre 2015: antes de se asumir como juez, Campana requirió la elevación a juicio de la parte de la causa que tiene imputados a Veroíza, Carrizo y tres policías.

Noviembre 2015: Calcagno eleva parcialmente a juicio la parte de la causa.

Junio 2016: Calcagno procesa a Cufré, Villanova y Hermosa por homicidio culposo, lesiones graves y leves culposas.

“Agravaron la situación al convocar a policías que no tenían ni la preparación ni la experiencia para afrontar el caso”.

“Conociendo el riesgo que se cernía sobre los bienes jurídicos que se les habían confiado, dejaron la cuestión en manos de sus subordinados”.

Juez Ricardo Calcagno, al dictar el procesamiento de los jefes policiales.

Datos

El excomisario Víctor Cufré era el jefe de Seguridad de la provincia de Río Negro cuando se produjo la represión que terminó con las vidas de Sergio Cárdenas y Nicolás Carrasco.
El excomisario Jorge Villanova ocupaba la jefatura de la Policía rionegrina en el momento en que se produjeron los incidentes en los barrios del sector Alto de Bariloche.
El excomisario Argentino Hermosa estaba al frente de la Unidad Regional Tercera. Al igual que Cufré y Villanova, siguieron en El Bolsón pese a la gravedad de la situación.
“Agravaron la situación al convocar a policías que no tenían ni la preparación ni la experiencia para afrontar el caso”.
“Conociendo el riesgo que se cernía sobre los bienes jurídicos que se les habían confiado, dejaron la cuestión en manos de sus subordinados”.

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