La Escuelita IV: anularon absoluciones por delitos de la dictadura

Entre otros delitos se deberán fijar penas por la violación sexual que denunció un municipal de Cipolletti. Es la primera vez que se incorpora la figura en las condenas por los casos de la región.

En fallo unánime los jueces de la Sala IV Cámara Federal de Casación Penal Mariano Hernán Borinsky, presidente, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos anularon las absoluciones que el Tribunal Oral Federal (TOF) de Neuquén había dictado, en setiembre de 2016, en algunos casos en forma parcial y total contra ocho de los quince imputados, militares, policías federales y de Río Negro y un agente civil de inteligencia del Ejército, en el juicio “La Escuelita” IV.

Ante los planteos que habían formulado el fiscal Wálter Romero y las partes querellantes, dejaron sin efecto las absoluciones de Luis Enrique Sires, del Ejército, Gustavo Sommer, de la Policía Federal, y Gerónimo Huircaín y Julio Villalobo, de la Policía de Río Negro.

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También fueron anuladas las absoluciones por el delito de violación de una de las víctimas a los jefes militares Oscar Lorenzo Reinhold, Jorge Eduardo Molina Ezcurra, Sergio Adolfo San Martín y Jorge Héctor Di Pasquale.

Había sido la primera vez que en juicios de “La Escuelita” se acusaba por el delito de violación, en el caso por la denuncia que hizo el empleado municipal de Cipolletti, Gabriel Augusto Carmona.

Carmona, fallecido al momento del juicio, relató que tras ser detenido y llevado al centro clandestino que funcionó en el cuartel de la Ruta 22, donde tras ser golpeado y le aplicaran picana eléctrica en los testículos, la espalda y las manos, lo arrojaron a una habitación. En la noche dos hombres de civil lo violaron reiteradamente. Días después lo liberaron en una zona de chacras.

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El TOF, integrado por los jueces Guido Otranto, Marcos Aguerrido y Alejandro Silva, estimó que para fundar una condena era necesario una pluralidad de verificaciones y que en el caso había sólo el relato de la víctima, había sido incorporado por lectura y no había existido la posibilidad de contraexaminarla, por lo cual atentaba contra la defensa en juicio.

Casación evaluó que esa fue una valoración “parcial y sesgada por cuanto omitió considerar la totalidad del plexo probatorio”. El primer voto le correspondió a Borinsky y contó con la adhesión de sus pares Gemignani y Hornos.

Revocatorias

El fallo suma cargos contra varios de los imputados, que ya fueron condenador por los delistos de torturas y secuestros.

“No se valoró debidamente las particularidades propias de esta clase de delitos que afectan a la integridad sexual, donde el relato de la propia víctima resulta un elemento de prueba sustancial”.

Mariano Hernán Borinsky, juez de la Sala IV Cámara Federal de Casación Penal.

Datos

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son los imputados que habían sido beneficiados con la absolución por el delito de violación sexual.
El fallo suma cargos contra varios de los imputados, que ya fueron condenador por los delistos de torturas y secuestros.

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