Crece la polémica con una fiscal de Neuquén: le impiden participar de una audiencia

Un juez ratificó que está apartada de intervenir en un caso debido a que se le vencieron los plazos procesales. El fiscal general José Gerez salió a defenderla y cambió su criterio: "el Tribunal Superior tiene dicho que no hay vencimiento de plazos", afirmó.

El incumplimiento de los plazos procesales dejó de ser un ruido de fondo y se convirtió en una distorsión que retumba en el sistema penal. Aun así, el Tribunal Superior de Justicia no logra encontrar el botón de silencio. Los jueces tienen criterios dispares sobre cómo actuar y ahora el fiscal general José Gerez parece haber cambiado de opinión, al salir al rescate de la fiscal de Rincón de los Sauces, Rocío Rivero, quien quedó en el centro de la polémica.

El viernes pasado, la fiscal Rivero se presentó a una audiencia en una causa pero el defensor particular Fabián Flores se opuso a su intervención porque el Tribunal de Impugnación había ordenado, el 28 de mayo, su «apartamiento automático».

El Tribunal de Impugnación la apartó, en aplicación del artículo 80 del Código Procesal Penal, porque a la fiscal se le vencieron los estrictos plazos procesales que debe cumplir.

Rivero le explicó al juez de esa audiencia, Juan Kees, que había impugnado su apartamiento y que entendía que podía seguir interviniendo hasta que haya una resolución. Es decir, hasta que quede firme.

Severo reproche del juez


Pero el juez Kees fue muy severo en su resolución. «La fiscal Rivero fue advertida de que no puede continuar tramitando este legajo, se dispuso una comunicación al fiscal general, a Superintendencia del Tribunal Superior de Justicia, de modo que no entiendo por qué sigue participando en el presente legajo«, dijo.

«Voy a ratificar la decisión del Tribunal de Impugnación y nuevamente voy a disponer que se comunique lo resuelto al fiscal general y a superintendencia del Tribunal Superior», agregó Kees.

No es el único legajo en el que a Rivero le costó cara la morosidad. Hay otro, llamado «Cortez» en el que debido al vencimiento de plazos un sujeto condenado por violación fue sobreseído.

Como informó diario RÍO NEGRO, el Tribunal Superior de Justicia debe decidir si ese sobreseimiento corresponde o no. Para eso se tomará su tiempo: anunció oficialmente que recién dará a conocer el fallo el 1 de agosto. Menos mal que es una causa donde se discute la demora en cumplir plazos.

Gerez: «no hay vencimiento de plazos»


Sobre los plazos procesales habló el sábado en la radio AM550 el fiscal general José Gerez, y demostró un cambio de opinión importante respecto de lo que pensaba dos años atrás.

Consultado sobre la situación de la fiscal Rocío Rivero -a la cual, además, le pidieron un jury- Gerez afirmó que la el Tribunal Superior de Justicia «tiene dicho que no hay vencimiento de plazos porque las provincias no pueden legislar en materia de plazos procesales. Hay un fallo de la Corte Suprema y nuestro Tribunal Superior no puede desconocer esta jurisprudencia y así lo ha hecho, acertadamente«.

Añadió que el Tribunal Superior «declaró que el plazo no vence, con lo cual no habría motivo para seguir con un jury de esta naturaleza».

Gerez: «los plazos están plenamente vigentes»


En abril del 2023, Gerez había afirmado que los plazos del proceso penal en Neuquén «están plenamente vigentes», y mediante la instrucción 24/23 dispuso «exhortar a todos los representantes del Ministerio Público Fiscal a dar estricto cumplimiento al plazo máximo de duración de todo procedimiento, como así de los demás plazos» que establece el Código Procesal Penal.

Es posible que el criterio del fiscal general haya cambiado luego de un fallo de la Corte Suprema conocido como «Seccional Cuarta», pero hasta ahora no lo había hecho público.

Por el contrario, en todas las audiencias en las que se discuten vencimientos de plazos, los integrantes del Ministerio Público Fiscal se abstienen de pedir la inconstitucionalidad de los artículos más delicados salvo expresa autorización.