Revés para CALF: un fallo de la justicia federal de Neuquén desconoce los cambios en el estatuto de la cooperativa eléctrica
El fallo de la jueza federal Carolina Pandolfi responsabilizó al INAES y a CALF por los cambios en el estatuto de la cooperativa eléctrica. Dijo que se llevaron a cabo por convocatorias que dictó como nulas.
La jueza federal Carolina Pandolfi confirmó que la Cooperativa Calf no debió haber modificado los estatutos por asamblea de delegados sin una convocatoria especial para llevar a cabo la reforma y responsabilizó al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) por haber convalidado los cambios. El fallo en el que se hizo lugar al amparo contra CALF y el INAES por la modificación de los estatutos se conoció el martes.
El juzgado de primera instancia declaró nula la convocatoria a asamblea del 25 de noviembre de 2023 que reformó el estatuto y también la asamblea que se realizó el 12 de abril de este año porque se hizo «siguiendo el procedimiento previsto por el estatuto aprobado con el acto administrativo anulado«.
En la asamblea de 2023 se planteó la paridad de género en la conformación de listas de los asociados para elegir a los delegados de la cooperativa que luego definen la conducción cooperativa, pero también los requisitos de avales para la presentación de listas, que la oposición consideró restrictivos para la participación de líneas opositoras a la conducción.
Desde hace dos años, la oposición -dividida en diferentes agrupamientos- cuestiona en el INAES y ante la misma cooperativa el andamiaje de los llamados a elección a los delegados para la renovación del Consejo de Administración y las definiciones de las asambleas de delegados que se llevan a cabo con composición de lista única oficialista.
La jueza consideró correcta la queja de un asociado que cuestionó que el Consejo de Administración, avalado luego por el INAES, modificó una reforma del estatuto de CALF que se hizo por asamblea en 2016 y que luego eso permitió la realización de los otros cambios en el estatuto de la cooperativa que se hicieron en 2023 y este año.
La justicia validó el planteo de amparista que cuestionó al INAES y declaró nula la resolución de la entidad (que tiene el poder de policía sobre los actos de CALF) que convalidó la reforma de los estatutos de CALF que se realizó en 2023 y en su segundo artículo, declaró nula la asamblea de delegados del 12 de abril de 2025 que derivó en «nuevas reformas del estatuto, siguiendo el procedimento previsto» por un estatuto que había sido reformado por una convocatoria que resolvió como nula.
El fallo de Pandolfi que resolvió el amparo contra el INAES y CALF tiene su instancia de apelación en la Cámara Federal de Roca.
Calf tiene más de 100.000 asociados en Neuquén capital y es la prestadora eléctrica de la ciudad, que renovó su concesión de servicios por unos 25 años en 2021.
La jueza federal Carolina Pandolfi confirmó que la Cooperativa Calf no debió haber modificado los estatutos por asamblea de delegados sin una convocatoria especial para llevar a cabo la reforma y responsabilizó al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) por haber convalidado los cambios. El fallo en el que se hizo lugar al amparo contra CALF y el INAES por la modificación de los estatutos se conoció el martes.
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