El STJ rechazó el último recurso y dejó firme una condena de 10 años por abuso sexual infantil en Regina

Tras un camino de instancias judiciales, el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro rechazó el último recurso del condenado y dejó firme su pena por el abuso sexual de una niña en Villa Regina.

Redacción

Por Redacción

En una resolución que cierra a nivel provincial un casos de abuso sexual en Regina, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro rechazó el recurso de queja presentado por la defensa del acusado y dejó firme la condena a 10 años de prisión por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado. El fallo ratifica lo actuado por el Tribunal de Juicio y el Tribunal de Impugnación, confirmando que el acusado aprovechó su situación de convivencia y la confianza de la familia para vulnerar la integridad de una niña de apenas 6 años de edad en una chacra de la localidad.

La decisión de la máxima instancia judicial de la provincia desestimó los argumentos de la defensa que cuestionaban la valoración de la prueba y la falta de lesiones físicas. Con este pronunciamiento, la sentencia dictada originalmente en septiembre de 2025 adquiere el carácter de cosa juzgada, ordenándose la inmediata ejecución de la pena para quien fuera considerado por la familia de la víctima como un «hijo del corazón» y un hermano mayor para la pequeña.


El hecho


La investigación penal preparatoria, liderada por la fiscalía de Villa Regina, logró reconstruir un hecho ocurrido entre los años 2018 y 2019. Según la acusación admitida en el juicio, el imputado convivía con la víctima en una vivienda rural.

El develamiento se produjo recién en 2023, cuando la niña comenzó a manifestar cambios en su comportamiento y problemas de salud que alertaron a su madre.

Durante el debate oral, la víctima prestó testimonio en Cámara Gesell, donde brindó un relato descripto por los peritos como «consistente, estructurado y progresivo». Los jueces del tribunal original, Fernando Sánchez Freytes, Emilio Stadler y Maximiliano Camarda, valoraron especialmente que la víctima pudo expresar y detallar las situaciones que vincularon directamente al imputado con el hecho traumático.


La controversia por la falta de lesiones y la coartada de la defensa


Uno de los puntos centrales que generó polémica a lo largo de todas las instancias fue la ausencia de lesiones físicas constatadas por el médico forense. «La pericia médica descartó el abuso», llegó a afirmar la parte defensiva en sus agravios, buscando la absolución del imputado basándose en el beneficio de la duda.

Sin embargo, el Tribunal de Juicio fue contundente al rechazar esta postura. En su voto, el juez Camarda señaló que el médico forense fue claro al aseverar que «no necesariamente un abuso sexual deja secuelas físicas», especialmente considerando el tiempo transcurrido entre el hecho y el examen.

El tribunal integró los dichos del profesional de la salud con el relato de la niña, concluyendo que la verosimilitud de la declaración testimonial era suficiente para alcanzar la certeza necesaria.


Desestimación de los argumentos sobre la ubicación del imputado


La defensa también intentó demostrar que el hombre no se encontraba en Regina en la época de los hechos, aportando registros de ANSES y testimonios que lo situaban trabajando en Neuquén capital. El imputado, al declarar, sostuvo su inocencia afirmando que «desde 2016 se radicó en Neuquén y no regresó a Regina». No obstante, los jueces detectaron contradicciones en sus propios dichos y en los de los testigos de descargo.

La sentencia firme destaca que el propio acusado admitió en algunas instancias haber regresado al valle para realizar trámites o visitar familiares. Testigos confirmaron que en 2019 el pastor de la familia le facilitó una vivienda en el barrio Frutillar de Regina. Estas pruebas permitieron a la justicia acreditar la «situación de convivencia preexistente», agravante fundamental del caso, ya que el vínculo de confianza facilitó el acceso a la víctima y la posterior impunidad que el agresor disfrutó durante años.


El fallo del STJ y el rechazo a la queja extraordinaria


Al llegar al Superior Tribunal de Justicia, la defensa alegó que se había violado el debido proceso y que existía una «valoración basada en la íntima convicción y no en una crítica racional».

Sin embargo, el STJ fue contundente al analizar la queja. Los jueces señalaron que el escrito defensivo incurrió en «incumplimientos formales elementales» previstos en la Acordada 9/23, como el exceso de extensión y la falta de refutación concreta de los fundamentos autónomos de las sentencias anteriores.

«La queja no identifica ningún razonamiento ilógico o contradictorio, sino que se limita a proponer una valoración alternativa de la prueba», expresaron los magistrados del STJ en el acta de febrero de 2026.

Al confirmar que no hubo arbitrariedad en el fallo del Tribunal de Impugnación de Viedma, el STJ de Río Negro ratificó la condena de 10 años, subrayando la mayor vulnerabilidad de la víctima por su corta edad al momento de los hechos y la traición al vínculo de «hermandad de corazón» que unía al agresor con la niña.


En una resolución que cierra a nivel provincial un casos de abuso sexual en Regina, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro rechazó el recurso de queja presentado por la defensa del acusado y dejó firme la condena a 10 años de prisión por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado. El fallo ratifica lo actuado por el Tribunal de Juicio y el Tribunal de Impugnación, confirmando que el acusado aprovechó su situación de convivencia y la confianza de la familia para vulnerar la integridad de una niña de apenas 6 años de edad en una chacra de la localidad.

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