Otro fallo en contra del municipio de Bariloche por los daños que causó la caída de un árbol

El hecho llevado a juicio ocurrió en julio de 2019, cuando una gran nevada provocó la caída de una rama de coihue sobre un auto. Hace poco hubo un fallo similar, pero en ese caso el daño fue producto del viento.

Por Daniel Marzal

La Cámara en lo Civil y Comercial de Bariloche confirmó un fallo de primera instancia y acogió la demanda de una mujer contra el municipio por la caída de una rama de coihue que causó graves daños en su auto durante una nevada. La indemnización resultante, que deberá salir de las arcas públicas, supera los 5 millones de pesos, sin contar los intereses acumulados desde julio de 2019.

Se trata del segundo caso en poco tiempo que genera un fuerte perjuicio económico al municipio por el mal estado del arbolado urbano. En octubre pasado otro fallo declaró responsable a la municipalidad por las roturas que sufrió un auto estacionado en el bosque Llao Llao cuando se cayó un árbol por efecto de un intenso viento.

Aquella vez la indemnización fue de 1.978.000 pesos, más costas e intereses. La caída del árbol afectó a un Suzuki Fun y ocurrió el 12 de octubre de 2022, un día en el existió alerta meteorológico por vientos fuertes.

El municipio había esgrimido ese dato en su defensa. pero el juez en lo contencioso administrativo Iván Sosa Lukman lo desestimó. Como argumentó la damnificada, la excusa no resultaba válida porque el tránsito vehicular por el Circuito Chico y el acceso al bosque permaneció abierto sin restricciones (a pesar del viento), y era obligación del municipio verificar y mantener en buen estado el arbolado en espacios públicos.

El hecho ocasionado por la nevada fue bastante anterior y el trámite de la causa e extendió por más de seis años. El 19 de julio de 2019, una gran rama de coihue cedió ante el peso de la nieve y cayó sobre el auto -también un Suzuki- y sobre el portón de la casa de la firmante del a demanda.

El fallo inicial, emitido en septiempre pasado, desechó los planteos de descargo del municipio, que apuntaron en parte sobre la“falta de legitimación activa” de la denunciante, porque el auto no estaba a su nombre. Pero su defensa principal se asentó sobre lo “excepcional” de la nevada, a la que caracterizó como la más abundante en 20 años.

En el expediente se incorporaron partes del Servicio Meteorológico Nacional con esas precisiones. Sin embargo el juez dijo que “no puede considerarse como imprevisible una nevada en época invernal”, de modo que el municipio carecía de razones para liberarse de la culpa por “caso fortuito”.

También ratificó que el árbol estaba en la vereda, que es de dominio público, y señaló que la administración comunal es “responsable del arbolado, de los controles necesarios para preservarlo y evitar cualquier daño”.

La municipalidad apeló sin éxito

La apelación ante la Cámara Civil encabezada por la asesora legal del municipio, Yanina Sánchez, tampoco prosperó. El tribunal revisor dedicó varios párrafos de su sentencia a describir el concepto de “reparación” de los daños indemnizables y de la legitimación activa para demandar por parte del “simple tenedor, usuario o poseedor” de la cosa dañada (el auto), aunque no sea el propietario.

Al igual que el juez del fallo inicial, los camaristas dijeron que el municipio no podía quedar exento de responsabilidad, porque “la nevada en la época del año donde ocurrió dista mucho de ser un fenómeno climático excepcional”.

Y subrayó que, según lo marca una ordenanza, es el municipio a través de la dirección de Parques y Jardines quien debe “ordenar el arbolado público atendiendo a su poda, fertilización, despunte, raleo, corte de raíces, plantaciones y sanidad”.

La Cámara ratificó entonces lo resuelto en primera instancia respecto del reparto de cargos económicos por el daño producido, que recayó en un 75% sobre la municipalidad y un 25% sobre la demandante. La municipalidad había cuestionado esa ecuación porque, a su entender, la frentista no había advertido a las autoridades sobre el mal estado del árbol y el riesgo de caída.

“La falta de aviso por parte del vecino -sostuvieron los jueces– no es suficiente para desplazar en total las facultades y obligaciones que recaen sobre la municipalidad”, de modo que existían “culpas concurrentes”, pero con la distribución señalada.


La Cámara en lo Civil y Comercial de Bariloche confirmó un fallo de primera instancia y acogió la demanda de una mujer contra el municipio por la caída de una rama de coihue que causó graves daños en su auto durante una nevada. La indemnización resultante, que deberá salir de las arcas públicas, supera los 5 millones de pesos, sin contar los intereses acumulados desde julio de 2019.

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