La reforma al Ipross ingresó a la Legislatura y cuáles son los puntos principales
La iniciativa tendrá su primer análisis legislativo el martes en las Comisiones y el jueves se debatirá en el recinto.
La Legislatura sesionará el jueves 24 y tratará la reforma del Ipross. Foto: Archivo.
La propuesta gubernamental de reforma a la ley del Ipross ingresó en la Legislatura. El proyecto contempla la sustitución de su «régimen de afiliación obligatoria» para los estatales provinciales y municipales por un esquema «voluntario u optativo».
El tratamiento parlamentario comenzará el próximo martes en las Comisiones y proyecta su debate en el recinto para el jueves 24 de septiembre.
El esquema propuesto prevé que el traspaso alcanzará exclusivamente el aporte personal del agente (4%) mientras que la contribución patronal (7%) continuará para el financiamiento de la obra social provincial.
Además, se aclara que el “ejercicio de la opción implica la asunción total por parte del afiliado o afiliada de los costos o diferencias arancelarias que la entidad receptora exija por sobre el aporte personal transferido.”
En relación a los plazos, el “optante debe permanecer en la entidad receptora por un plazo mínimo de doce meses”, después puede ir a otra entidad, aunque el regreso al Ipross recién se permite a los 36 meses.
Los puntos principales de la modificación elevada en la iniciativa del Poder Ejecutivo son los siguientes:
* Derecho de opción: Los afiliados obligatorios tienen «derecho a optar por derivar la cobertura de salud propia y la de su grupo familiar primario.”
* Traspaso del aporte personal: «El 100% del aporte personal del 4% irá a la entidad elegida» y lo mismo con el porcentaje del 5,5% de los pasivos.
* Retención de contribuciones. El 7% de asignación patronal «continuará ingresando de manera obligatoria, íntegra y exclusiva» al Ipross.
*Destino específico del 7%: El proyecto lo declara “recurso afectado, intangible” y lo distribuye entre programas: 3% para Plan Oncológico y Planes Especiales; 2% para Discapacidad, Prestaciones Especiales y Prótesis, y 2% para Farmacia Ambulatoria y Enfermedades Crónicas.
* Permanencia mínima: Una vez elegida otra entidad, el afiliado deberá permanecer allí al menos un año.
*Regresa al Ipross. La iniciativa fija una permanencia mínima de 36 meses para optar nuevamente por el regreso al Ipross.
*Excepción frente a la pérdida de cobertura. «Si la entidad receptora rescinde el vínculo o pierde su capacidad prestacional, el afiliado vuelve automáticamente al Ipross.
* Diferencia a cargo del afiliado: Si la entidad elegida cobra más que el aporte personal derivado (4% del aporte personal), el trabajador deberá pagar la diferencia. “Implica la asunción total por parte del afiliado o afiliada de los costos, cuotas o diferencias arancelarias.”
* El Estado se libera: La Provincia, municipios e Ipross quedan eximidos de responsabilidad por interrupciones o insuficiencias de la cobertura de la entidad elegida.
* El Ipross mantiene cobertura. “Los tratamientos en curso continúan a cargo del Instituto […] y desde entonces a cargo de la entidad receptora, sin interrupción.”
* Exclusiones. La opción no alcanza a «funcionarios y autoridades superiores, entre ellos quienes ocupen cargos electivos, cargos de designación política y las autoridades superiores de los tres poderes y organismos de control».
La propuesta gubernamental de reforma a la ley del Ipross ingresó en la Legislatura. El proyecto contempla la sustitución de su "régimen de afiliación obligatoria" para los estatales provinciales y municipales por un esquema "voluntario u optativo".
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