Hospitales de Río Negro: avanza el control biométrico en medio de una disputa judicial

El sistema de registro de asistencia mediante reconocimiento facial y geolocalización se aplica de manera progresiva en los establecimientos sanitarios de la provincia.

Por Auribel Zuarce

El sistema busca registrar la asistencia del personal sanitario, mientras continúan los cuestionamientos sindicales y judiciales sobre su aplicación. Foto: archivo.

El sistema busca registrar la asistencia del personal sanitario, mientras continúan los cuestionamientos sindicales y judiciales sobre su aplicación. Foto: archivo.

Medio centenario de amparos fueron presentados en rechazo al registro de asistencia, con el sistema biométrico facial, aunque su implementación se expande, con un alcance ya cercano a los 3.400 agentes públicos de Salud.

Este número representa casi la mitad del plantel del ministerio.

Esa cartera informó de 20 hospitales incorporados, otra veintena de centros sanitarios y la propia sede ministerial. Resta, entre las principales estructuras, los nosocomios de Bariloche y de Viedma.

La medida avanza en paralelo a una discusión judicial impulsada por trabajadores y sindicatos, que cuestionan la obligatoriedad del registro facial y el tratamiento de los datos personales. Hasta ahora, la mayoría tuvo fallos favorables a la Provincia.


El control biométrico en Salud: cuántos agentes figuran en el relevamiento de Río Negro


Entre los establecimientos, el hospital Área Programa de Roca registra la mayor cantidad de agentes, con 709. Le sigue el hospital Área Programa de Cipolletti Dr. Pedro Moguillansky, con 659 trabajadores en padrón.

También se destacan el hospital de Allen, con 265 agentes; el hospital Área Programa de Choele Choel, con 240; y el hospital de Cinco Saltos, con 213. En el hospital de Catriel se contabilizan 185 trabajadores, mientras que el hospital Área Programa de Ingeniero Huergo registra 106 y el de Lamarque, 102.

En otros establecimientos, las cifras son menores. El hospital Área Programa de Luis Beltrán tiene 84 agentes; el de Fernández Oro, 80; el de Chimpay, 60; el de Cervantes, 51; el de Chichinales, 48; y el de El Cuy, 45.

El hospital Área Programa de Coronel Belisle registra 33 trabajadores y el de Pomona, 27.

El relevamiento también incluye centros de salud. CAPS Balsa Las Perlas registra 24 agentes; el centro de salud Anai Mapu, 16; el centro de salud Don Bosco, nueve; el centro de salud El 30, ocho; CAPS Ferri, siete; y los centros de salud Hna. Magdalena y La Costa Norte, cinco agentes cada uno.

A estos datos se suman los 89 agentes del hospital de San Antonio Oeste. De esta manera, el total parcial asciende a 3.384 agentes.


Cómo funciona el sistema de control de asistencia


El mecanismo fue establecido por la Resolución 986/2026 de la Secretaría de la Función Pública.

La normativa dispone la incorporación del Sistema de Registro de Asistencia por Biometría Facial para los agentes comprendidos en las leyes provinciales 1844 y 1904 que se desempeñan en el organismo central y en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud.

El registro puede realizarse a través de terminales instaladas en los lugares de trabajo o mediante una aplicación móvil oficial. La herramienta utiliza el reconocimiento de rasgos faciales y cuenta con funciones de geolocalización para verificar que la marcación se efectúe desde el lugar de prestación de servicios.

La resolución establece un plazo de 15 días corridos desde la instalación de las terminales en cada dependencia para completar el procedimiento de registro. Una vez transcurrido ese período, el sistema pasa a ser obligatorio como medio válido para acreditar la jornada laboral.

La norma también contempla la posibilidad de iniciar actuaciones sumariales ante incumplimientos. Ese punto forma parte de los cuestionamientos planteados por trabajadores que se oponen a entregar sus datos biométricos.


Qué cuestionan los trabajadores y los sindicatos


La discusión no se limita al control de asistencia. Las objeciones presentadas por trabajadores y organizaciones sindicales se centran en la obligatoriedad del reconocimiento facial, la captación y el tratamiento de datos personales considerados sensibles y la incorporación de funciones de geolocalización.

Asociación Sindical de Salud Pública de Río Negro (Asspur) sostuvo en su presentación judicial que el registro facial compromete derechos vinculados con la privacidad y la autodeterminación informativa. También advirtió sobre los riesgos que podría implicar el almacenamiento y la eventual circulación de información biométrica.

En el expediente, la Provincia informó que el sistema no conserva la fotografía del rostro capturado, sino que registra rasgos faciales no fotográficos definidos mediante ecuaciones matemáticas.

También indicó que el Estado provincial es responsable de los datos y que Altec actúa como encargada del tratamiento tecnológico, bajo las instrucciones oficiales.


Los fallos judiciales y el estado de la discusión


La implementación del sistema se desarrolla en paralelo a una serie de presentaciones judiciales. Las decisiones conocidas hasta mediados de octubre muestran resultados diferentes y no permiten afirmar que exista una definición general sobre la constitucionalidad del mecanismo.

Uno de los primeros antecedentes relevantes ocurrió en septiembre, cuando la Cámara del Trabajo de Viedma hizo lugar a una medida cautelar presentada por Asspur. Los jueces suspendieron la aplicación de la Resolución 986/2026 hasta que se agotara la vía administrativa.

La situación cambió después de que el gobernador Alberto Weretilneck resolviera el reclamo administrativo del sindicato mediante el Decreto 903/2026 y ratificara la implementación del sistema.

En octubre, la Cámara del Trabajo de Viedma rechazó una medida cautelar solicitada por UPCN para impedir que se exigiera el registro facial a los trabajadores que habían manifestado su oposición. La resolución del 13 de octubre no definió de manera definitiva la legalidad del mecanismo: los jueces consideraron que la discusión de fondo requiere un análisis más amplio.

Dos días después, el Superior Tribunal de Justicia rechazó la apelación de una trabajadora contra el sistema. Sin embargo, aclaró que esa decisión no implicaba un pronunciamiento sobre su constitucionalidad. Entre los argumentos, señaló que no se había acreditado que el mecanismo estuviera instalado o próximo a funcionar en el establecimiento de la demandante, ni que las vías administrativas y judiciales ordinarias fueran insuficientes.

El escenario también incluye un fallo de la Cámara Segunda del Trabajo de Roca que declaró inconstitucional la obligatoriedad del sistema. El procurador general de Río Negro, Jorge Crespo, recomendó al Superior Tribunal de Justicia hacer lugar a la apelación del Gobierno provincial y revocar esa sentencia.

Ese expediente debe distinguirse de los casos en los que los tribunales rechazaron planteos por cuestiones procesales, sin resolver el fondo de la controversia.


Medio centenario de amparos fueron presentados en rechazo al registro de asistencia, con el sistema biométrico facial, aunque su implementación se expande, con un alcance ya cercano a los 3.400 agentes públicos de Salud.

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