Contradicciones
Análisis
Cristina Fernández adelantó que su propuesta para conseguir la “democratización de la Justicia” consiste en “que la totalidad de los miembros del Consejo de la Magistratura sean elegidos por el pueblo”. Al mismo tiempo afirmó que todos se pueden quedar tranquilos que “no se va a reformar ninguna Constitución”. Ambas afirmaciones son contradictorias puesto que basta la lectura del artículo 114 de la Constitución Nacional para advertir que con la actual redacción es imposible elegir por voto popular a la totalidad de los miembros del Consejo de la Magistratura. El artículo 114, segundo párrafo, dice que “el Consejo será integrado periódicamente de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal. Será integrado, asimismo, por otra personas del ámbito académico y científico, en el número y la forma que indique la ley”. Esta forma de representación, donde además de la Cámara de Diputados y del Senado –como expresión “resultante de la elección popular”– están representadas ciertos estamentos de jueces, abogados y académicos, es incompatible con toda forma de voto popular. Salvo, obviamente, que se reforme la Constitución.
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