Avanza el desalojo mapuche en la Angostura y ya se notificó a las partes

Hoy la jueza subrogante Andrea Di Prinzio notificó a las partes para que abandonen las tierras.

El pedido de desalojo de la comunidad Quintriqueo (lof Kinxikew) y la familia Melo de las tierras ubicadas frente al lago Nahuel Huapi, a 35 kilómetros de Villa La Angostura, rige desde el martes 15 de diciembre. Aún no se efectúo, pero esta mañana la jueza subrogante Andrea Di Prinzio Valsagna volvió a ratificar la orden para que abandonen las tierras.

El abogado defensor Virgilio Sánchez informó que la jueza desoyó su pedido de suspensión del desalojo, que a su vez fue respaldado por la titular del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), Magdalena Odarda.

Esta mañana la magistrada notificó a la defensa que no daría lugar a sus peticiones, por lo que las fuerzas de seguridad deberán constituirse en el lugar para cumplir con la orden impuesta. «Sin perjuicio de que el INAI no es parte en el proceso, agréguese la nota remitida, téngase presente y hágase saber a actora y demandada que deberán estarse a lo resuelto precedentemente», ratifica la notificación firmada por Di Prinzio Valsagna.

El pedido de desalojo rige desde el martes pasado, pero aún no se concretó. Sánchez explicó que se desprende de una sentencia de un «proceso sumarísimo» de 2016. En ese entonces, el juez Luchino falló a favor de María Broers, quien se adjudica la propiedad de las tierras, y el 14 de diciembre ordenó el «alzamiento».

«A partir de ahí no hacen más nada. La causa queda paralizada», enfatizó Sánchez. Explicó que los proceso sumarísimo «caducan a los tres meses» y que «la jueza desempolvó una causa caducada, con un proceso de ejecución paralizado, no porque sí, sino por el desinterés de la demandante».

«En cualquier juzgado pasado un año, las causas se archivan. No entendemos por qué no se archivó, por qué no caducó la causa, con este desinterés de la demandante, cuando los procesos caducan a los tres meses. Nos llaman poderosamente la atención», remarcó el letrado.

Indicó que la comunidad Quintriqueo y la familia Melo se asientan en las tierras hace más de 40 años, sin que nadie las reclamara. Agregó que, además, corresponden a Parques Nacionales y no Broers, quien tiene domicilio en Buenos Aires.

«La jueza no se pone a constatar qué sucedió en todos estos años, donde todavía debe hacerse un relevamiento territorial. De una manera irresponsable, firma el mandamiento y ordena a las fuerzas de seguridad el desalojo», remarcó el letrado.

La titular del INAI también exigió la suspensión de la medida. Odarda presentó un escrito en el que planteó: «este organismo cuenta con registros que establecen que la mencionada comunidad se encuentra alcanzada en el marco de la aplicación de la Ley N° 26.160, que declara la emergencia territorial para comunidades indígenas».

Sin embargo, la magistrada no atendió al reclamo del INAI, por no considerarlo parte del proceso, tal como señaló en la notificación que ratifica el pedido de desalojo.

Hasta esta mañana las fuerzas de seguridad no se habían constituido en el lugar, según informó Sánchez. Afirmó que, de todas formas, los miembros de la comunidad Quintriqueo y la familia Melo se encuentran movilizados y en alerta para resistir ante el inminente alzamiento.


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