Bariloche: fecha de elecciones ratificada

Confirman al 27 de mayo para el comicio municipal. Quedan instancias para apelar, pero poco tiempo.

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- En resoluciones adoptadas por mayoría, la Junta Electoral Municipal rechazó ayer los pedidos de nulidad y de suspensión que pesaban contra la convocatoria a elecciones que formuló el intendente Alberto Icare para el próximo 27 de mayo en Bariloche.

Aun así, el pronunciamiento no clausura la discusión sobre la fecha, porque los demandantes anunciaron su voluntad de apelar ante el Tribunal Electoral Provincial y en última instancia ante el STJ.

La primera de las resoluciones emitida por la Junta desestimó el planteo formulado por el abogado peronista Rodolfo Rodrigo, quien alegó que el llamado a elecciones no cumplió con las formalidades impuestas por la Carta Orgánica ni fue publicado en los plazos mínimos de ley.

En una segunda resolución el cuerpo encargado de fiscalizar las elecciones rechazó otra presentación del Partido Socialista que pidió la suspensión del comicio por la falta de padrones y por la incertidumbre sobre la prestación del servicio electoral.

Además de Rodrigo, la ex convencional por la UCR Nelly Meana y el asesor letrado del Deliberante, Federico Lutz, entre otros juristas, opinaron que la

convocatoria del 27 de mayo arrastra vicios insalvables. Ayer el comité radical comunicó su «desconcierto» y opinó que se trata de una medida funcional «a las urgencias de Icare y de Fourés».

Los dos fallos de la Junta fueron divididos. Nelson Vigueras, quien fue designado en la JEM a propuesta del radicalismo, se pronunció en ambos casos por aceptar las impugnaciones a la fecha electoral.

Pero su posición quedó en minoría porque Adriana Guzmán (impulsada al cargo por el partido SUR) y la presidenta Alicia Sisko (llegó con acuerdo de todos los bloques) descalificaron los planteos.

Icare convocó a elecciones para el 27 de mayo en resolución dictada el 21 de febrero pasado. A pesar de que lo obliga la Carta Orgánica, no especificó en el texto su modo de publicación. Aun así, fue difundido a través del Boletín Oficial provincial el 1 de marzo.

Esta última fecha -que debería ser tomada como la de su publicidad formal y fehaciente- ya se había excedido del plazo mínimo de 90 días con antelación al acto eleccionario, que establece la ley provincial 2.431. En este razonamiento fundó su voto Vigueras, quien lo consideró suficiente para declarar la nulidad de la resolución de convocatoria.

En cambio Sisko (con la adhesión de Guzmán) dijo en su voto que la resolución de llamado a elecciones «fue conocida en forma adecuada y suficiente por los ciudadanos y por los representantes de los partidos políticos», los que en forma «amplia» participaron del proceso previo inscribiendo ya sus listas.


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