Beneficios para empresas afectadas por la Pandemia

Se amplían el financiamiento de deudas fiscales para pymes. Se prorroga también la baja automática de monotributo.

Por Cr. Federico Parrilli (Chinni, Seleme, Bugner y Asoc.)

Pymes. El segmento de la matriz productiva que quedó más golpeado por la pandemia.

La AFIP ha dictado esta semana tres resoluciones generales que extienden algunos beneficios para determinados contribuyentes afectados por la pandemia que nos mantiene en vilo.
En este sentido, mediante la RG 5057 se dispone una extensión hasta el 30 de noviembre del 2021 la posibilidad que las empresas puedan acceder a un máximo de 10 planes de pagos cuando se traten de Micro, Pequeñas y Medianas empresas. Con un máximo de 8 cuotas y una tasa de interés del 3% mensual.


La norma sin la dispensa de la pandemia establecía la posibilidad de confeccionar hasta 6 planes de pagos con un máximo de 8 cuotas y con una tasa de intereses sujeta a la calificación del Sirper.
También se suspende el requisito que establece que las cuotas mensuales de planes de pagos no pueden exceder el 25% del promedio de los ingresos mensuales de cada contribuyente.

Si bien estas medidas de alivio son consistentes con los efectos de la pandemia, algunas actividades todavía no están en condiciones de afrontar deudas.


En lo que respecta al resto de los contribuyentes los beneficios extendidos por AFIP consisten en aumentar la cantidad de planes a 6 en vez de 3 y aumentar las cuotas de 4 a 6 cuotas sin perjuicio también de un incremento en las tasas de financiación.
Si bien estas medidas de alivio son consistentes con los efectos de la pandemia y que de a poco la actividad económica está empezando a mostrar algunos resultados más favorables, lo cierto es que algunas actividades todavía no están en condiciones de afrontar grandes sumas de deuda acumulada de varios meses. Quizás antes de que se suspendan estos plazos el fisco podría generar planes de pagos mas orientados a sectorizar a los contribuyentes y en este sentido atender en forma directa con más plazos y tasas a esto sectores. Recordemos que no hace mucho la actividad frutícola tuvo beneficios diferenciales para pagar sus obligaciones.
Por otra parte, se volvió a prorrogar la vigencia en la baja automática del monotributo por la falta de pago, suspendiendo dicha exigencia hasta el 1 de diciembre del 2021.

Recaudación. El organismo oficial busca contener la situación de los contribuyentes.


La última medida que dispuso el organismo que tenía fecha de caducidad el 31/08 consistía en la modalidad de vinculación con el organismo. Por su parte la RG 5055 renovó la obligatoriedad del uso de las presentaciones digitales para realizar trámites online sin necesidad de concurrir a una dependencia y dispuso la suspensión de ciertos trámites para realizarlos mediante esta modalidad hasta el 30/11/2021.


No podemos dejar de mencionar que este mecanismo de comunicación y presentación de tramites online desde el portal de presentaciones digitales ha sido un gran acierto del organismo porque ha facilitado la tarea de los contribuyentes y contadores. Ha sido de gran utilidad y la plataforma habilita gestionar rápidamente una gran cantidad de trámites. Quizás sería recomendable que se le de mas funcionalidad a la herramienta para que el contribuyente puede descargar directamente las respuestas de las presentaciones desde ese mismo lugar sin tener que ingresar al domicilio fiscal electrónico, o incluso también poder conocer el estado de cada presentación y las personas que están con el caso dentro del organismo.
También la norma suspende la obligatoriedad de hacer la registración de los datos biométricos que queda suspendida hasta el 30/11/2021.

Datos

3%
La tasa de interés que regirá para los planes de pago que afronten las pequeñas y medianas empresas.
10
El máximo de planes de pago simultáneos que podrán presentar las empresas.

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