La Afip debe informar

ACIJ – Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia

La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cumplir con la resolución de la Agencia de Acceso a la Información Pública que la había intimado a brindar datos sobre empresas beneficiarias de recursos que el Estado deja de recaudar al aplicar un régimen impositivo diferencial.

Se trata de una sentencia que promueve la transparencia de información clave para conocer quiénes se benefician por tratamientos diferenciales en el pago de impuestos, y que equipara el estándar jurisprudencial al del caso “CIPPEC”, en el cual la Corte Suprema había obligado al Ministerio de Desarrollo Social a hacer público el listado de personas beneficiarias de transferencias y/o subsidios otorgados en concepto de “ayuda social a personas”. En dicha oportunidad afirmó que esa información perseguía un interés público trascendental: poder controlar el manejo de los fondos públicos.

Cada año, Argentina deja de recaudar alrededor de 1 billón 587.258 millones de pesos en concepto de gastos tributarios, monto que representa entre el 2 y el 3% del Producto Bruto Interno y alrededor del 12% del gasto público. Como en la mayoría de los países de la región, la información relativa a los costos asociados con los gastos tributarios es escasa. No se discuten ni se revisan en profundidad como suele hacerse con las transferencias directas (como la Asignación Universal por Hijo/a, u otras políticas de gasto social), no se explican sus ventajas y sus desventajas adecuadamente, y no se realizan evaluaciones sobre sus resultados e impactos. Por eso, en muchos casos, redundan en privilegios fiscales que detraen recursos que el Estado podría invertir en garantizar derechos. (texto reducido)


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