Causa Castillo: STJ rechazó recurso para ir a la Corte Suprema

El planteo apuntaba a revisar el fallo del STJ que anuló la sentencia que absolvió a Omar Quintero, acusado de homicidio de un empleado judicial.

Redacción

Por Redacción

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro denegó el recurso extraordinario federal para llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que había interpuesto la defensora general Maria Rita Custet Llambí, en representación de Néstor Omar Quintero, quien está imputado como presunto autor del homicidio del empleado judicial Carlos Castillo.

El crimen de Castillo ocurrió los primeros días de junio de 2010, en Dina Huapi, donde vivía con su madre, durante un intento de robo. Tenía 30 años y trabajaba en el edificio de Tribunales de John O’Connor 30 en Bariloche.

El recurso de la defensora general apuntaba a lograr que la Corte Suprema revisara el fallo del STJ que anuló la sentencia de la Cámara Criminal Primera de esta ciudad que había absuelto a Quintero. Sin embargo, a la defensora general le queda la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema con un recurso de queja.

El fallo del STJ se difundió ayer desde el Poder Judicial. El juez del máximo tribunal de la provincia Sergio Barotto recordó en su voto que mediante la sentencia 220, del 20 de diciembre de 2012, el STJ resolvió hacer lugar a los recursos de casación deducidos por el señor Fiscal de Cámara subrogante Eduardo Fernández y por la querellante particular señora Nilda Zulema Paletta, con el patrocinio del doctor Raúl Miguel Ochoa.

En consecuencia, el STJ anuló la sentencia 13, dictada el 28 de marzo de 2012 por la Cámara Criminal Primera de Bariloche así como el debate correspondiente.

Barotto recordó que en la sentencia del STJ se aclaró que “conservaba plena validez legal la totalidad de la prueba realizada durante el período de tiempo que va desde el 6 de marzo de 2012 hasta el 16 de dicho mes y año…”

La defensora general sostuvo que la sentencia del STJ “incurrió en una absurda y arbitraria apreciación de la prueba, por lo que, al anular la sentencia absolutoria y el debate, suscita un gravamen de imposible o tardía reparación ulterior”.

Indicó que se vulnera el derecho a un debido proceso, a una sentencia fundada y a un juez imparcial, y que se lesionan los principios de inocencia. También, vulnera el principio republicano de gobierno y el derecho de defensa en juicio.

Sin embargo, Barotto sostuvo que el recurso de la defensora no podía prosperar. El presidente del STJ Enrique Mansilla adhirió al voto de Barotto, mientras que el vocal subrogante Pablo Estrabou se abstuvo.

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