Causó la muerte de una mujer y lo condenaron en Bariloche

El acusado manejaba su camioneta marcha atrás y embistió a la mujer, sin darse cuenta. Semanas después se enteró del deceso y que estaba imputado. Le aplicaron 2 años de prisión en suspenso.

Un hombre fue condenado en Bariloche a 2 años de prisión en suspenso como autor del delito de homicidio culposo, por causar la muerte de una mujer jubilada a la que impactó con su camioneta cuando realizaba una maniobra marcha atrás.

La jornada laboral había finalizado sin grandes novedades. Sebastián cerró el local y subió a su camioneta Nissan Frontier para regresar a su casa. Dio marcha atrás para poder salir a la calle 9 de Julio. Fue una maniobra que duró unos segundos. No sintió ningún ruido. Nada extraño. Cuando descendió de la camioneta, había una persona tendida sobre el asfalto.

Se acercó para ayudarla. Era una jubilada que estaba inconsciente. Mientras la auxiliaba, la mujer recuperó la conciencia. Estaba ensangrentada. Pocos minutos después, una ambulancia trasladó a la paciente hasta el hospital Ramón Carrillo.

Varios días después, el hombre se enteró de que la jubilada que había auxiliado en la calle esa tarde del 5 de junio de 2019 había muerto.
La noticia lo conmovió. No lo podía creer. Más desconcertado quedó, cuando le informaron que él había sido el causante de la muerte de la mujer y que estaba imputado en una causa penal por el delito de homicidio culposo.

La mujer se llamaba María Yolanda Guinau Vásquez y su deceso ocurrió al día siguiente de que fuera embestida por la camioneta, que Sebastián conducía marcha atrás. Tenía 83 años, cuando la muerte la encontró de una manera inesperada.

“Se fue consciente en una ambulancia”, explicaba Sebastián al juez, en el juicio abreviado, que se hizo el miércoles pasado.

La investigación

Tras la muerte de la mujer, la fiscal Betiana Cendón, junto con el equipo que conduce, comenzó a buscar datos y evidencias para tratar de esclarecer qué había ocurrido. Todo era confuso.

Una grabación de una cámara de seguridad, que los investigadores hallaron días después del hecho, permitió desvelar cómo había ocurrido la trágica secuencia.

Con esa prueba, sumada a la pericia accidentológica y testigos, la fiscalía propuso un juicio abreviado al acusado para resolver el conflicto, con el consentimiento del único hijo de la víctima.

Así, las partes llegaron a la audiencia, que se desarrolló mediante el sistema zoom de videoconferencia.

El hijo de Guinau Vásquez participó, acompañado de su abogado porque era querellante en la causa. El acusado estuvo asistido por el defensor particular Martín Domínguez.

El juez Héctor Leguizamón Pondal dirigió la audiencia, donde la fiscal del caso explicó los alcances del acuerdo pleno que habían alcanzado con la defensa del imputado y la querella.

Cendón destacó en su alegato que el acuerdo logrado con la defensa y la querella “era para celebrar” porque permitía resolver el conflicto primario.
Después, relató que el joven acusado había causado la muerte de la mujer al embestirla con la camioneta mientras se desplazaba marcha atrás.

Recordó que el siniestro vial sucedió alrededor de las 18.45 del 5 de junio del año pasado, en la calle 9 de Julio al 961.

Acusó al conductor de haber provocado el deceso de la víctima por manejar de manera negligente el automotor. Afirmó que la mujer había muerto el 6 de junio de 2019 como consecuencia de las lesiones causadas por el grave traumatismo de cráneo que había sufrido.

“La prueba es abundante”, aseguró Cendón. Mencionó la evidencia científica, el informe del forense del Poder Judicial y la grabación de la cámara de seguridad.

Responsable

Por eso, solicitó que se declare al hombre responsable del delito de homicidio culposo, agravado por la conducción negligente. Y pidió que se le impongan 2 años de prisión en suspenso y 5 años de inhabilitación especial para manejar automotores.

Cendón explicó al juez que requería la pena mínima para el acusado porque no tenía antecedentes penales. El abogado querellante adhirió a todo lo planteado por la fiscal. Y destacó que el hijo único de la mujer estaba de acuerdo.

El hijo recordó ante el magistrado que había ido hasta el lugar donde había sido atropellada su madre minutos después de que ocurriera el siniestro vial. Y relató que el imputado le había dicho en ese momento que su madre se había caído y, por eso, tenía un golpe en la cabeza.

A su turno, el defensor particular sostuvo ante el juez que el tamaño de la camioneta pick up, le había impedido al acusado observar por el espejo retrovisor a la mujer.

“No fue un accidente común”, advirtió Domínguez. Y resaltó “la actitud” del hombre acusado de hacerse cargo de lo que había sucedido. “Es una prueba cabal de que se está haciendo responsable”, aseguró el abogado.

El juez le preguntó al hombre si comprendía lo que se le atribuía y si aceptaba el acuerdo propuesto por la fiscalía. “Sí acepto, por supuesto. Lo más importante es que se fue una persona. Eso es lo más importante”, expresó.

Leguizamón Pondal validó el acuerdo propuesto porque consideró que cumplía los requisitos legales y declaró culpable al hombre. Por eso, le impuso 2 años de prisión en suspenso como autor del delito de homicidio culposo, agravado por la conducción negligente de un automotor, y 5 años de inhabilitación especial para manejar.

Como la fiscal, la querella y la defensa renunciaron a los plazos procesales, el juez dio por cerrado el caso en el fuero penal.


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