Condena reducida por crimen del “cebollero” en Conesa
Cuatro años de cárcel por “homicidio con exceso en la legítima defensa” al joven que mató a Marcelo María.
Marcelo Ochoa
VIEDMA (AV).- A cuatro años de prisión fue condenado Luis Humberto Muñoz por el homicidio del trabajador temporario Hilario Marcelo María, ocurrido en Conesa en marzo del 2012. La Cámara Criminal de Viedma le impuso al imputado, de 23 años, esa pena por el delito de “homicidio simple cometido en exceso de la legítima defensa”, al considerar que la utilización del arma fue un medio excesivo para repeler la agresión. “No era el grupo el que lo atacaba, y estaba en una pelea ‘de igual a igual’ con la víctima”, valoraron. Para los camaristas penales Jorge Bustamante, Juan Bernardi y Ernesto Rodríguez –estos dos últimos subrogantes– “la herida mortal fue producida cuando los dos se encontraban trenzados en una pelea, luego que María y sus compañeros de trabajo persiguieran al imputado, a Barrientos y a Gudiño y les dieran alcance. En medio de la pelea Muñoz le aplicó una puñalada a la víctima, quien murió a los pocos días”. Sobre los motivos de semejante descenlace el fallo señaló que “el hecho tuvo como antecedente una disputa verbal, insultos y amenazas recíprocas sin poder determinarse quién las inició, entre el grupo que se ha denominado ‘los cebolleros’ y el de ‘los locales’. Fue un ‘mano a mano’ que responde a códigos de este tipo de situaciones y personas. Recién cuando María cayó se acercaron de los dos lados, unos para auxiliar a la víctima y otros para sacar a Muñoz. En esa pelea los dos sufrieron las consecuencias ya indicadas, no hay referencia de intercambio de golpes o forcejeos de los intervinientes con ninguna otra persona. Sólo ellos dos, por lo que se comprueba con certeza que las lesiones sufridas y el daño en la ropa que se indicara fueron producto de la contienda entre la víctima y el imputado”. En relación al arma blanca con que fue herido mortalmente María, el Tribunal aclaró que carece de importancia quién la portaba originalmente, tanto como si los integrantes de los grupos llevaban cuchillos, machetes o palos “como se dijo, porque la situación es la misma: Muñoz con un cuchillo en la mano ante un María desarmado, en el marco de una pelea”. La sentencia concluyó que en esa circunstancia hubo “exceso en la legítima defensa”, en virtud de que la pelea era a mano limpia y en ese momento Muñoz no corría peligro alguno respecto al resto del grupo, porque se ha comprobado que nadie intervino hasta después de la caída de María. Se dio por probado entonces que Muñoz, “cuando era agredido a ‘puño limpio’ respondió con un arma”.
Marcelo Ochoa
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