Derechos vulnerados

Allen

Somos 17 familias auto-convocadas realizando un pedido colectivo por la realidad que están viviendo nuestros hijos.
Inscribimos a nuestros hijos, en tiempo y forma, respetando el protocolo establecido, solo en colegios técnicos en las localidades de General Fernández Oro, Cipolletti y Allen. Nuestros hijos no quedaron en ninguno de esos colegios, ni en la otra, única, opción posible que hay en nuestra localidad, aunque sea otra modalidad.


Sabemos que la transición de terminar la escuela primaria es compleja en cuanto a emociones, generando incertidumbre, ansiedad, y junto a esta situación de no tener un colegio a donde concurrir, este escenario se agravó. Estos niños culminaron sus estudios primarios de manera exitosa esperando continuar sus estudios secundarios de la misma manera. Deseo que se ve truncado por las medidas tomadas por los funcionarios del Consejo de Educación, medidas poco claras, tomadas a destiempo, sin evaluar qué sería una opción certera.


Ante reiteradas visitas y llamados telefónicos a supervisión de Allen, la supervisora Viviana Veñy nos informa que nuestros hijos van a quedar en el colegio n° 158 que se va a crear con horario vespertino, un colegio que no existe, no tiene edificio propio, modalidad, directivos, docentes, personal de servicio, a la fecha. Quedando 2 semanas para el comienzo del año lectivo no se tiene ninguna respuesta al respecto. Dicho establecimiento funcionaría en la escuela primaria N° 314 y a su vez compartiría el espacio con la escuela primaria de adultos y con diferentes actividades municipales, situación que consideramos totalmente inadecuada para el desarrollo de nuestros hijos, además de salir saliendo del establecimiento a las 22 hs.

Por lo tanto, solicitamos que se incluyan a nuestros hijos dentro del CET 27 Consideramos que niños de 12 y 13 años necesitan comenzar sus estudios secundarios en un horario diurno, en un espacio destinado y acondicionado para desarrollarse y continuar las etapas evolutivas propias de su desarrollo, como es aconsejable.

Sandra Alcázar
DNI 26218115
Noelia Ammann
DNI 25698628
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