Desestiman reclamo de vecinos de la ruta provincial 1

No figuran en el nuevo padrón dividido en parroquias y no podrán participar en la elección municipal.

Por Redacción

Viedma Elige

El Tribunal Electoral Provincial no hizo lugar a un reclamo efectuado por varios vecinos residentes a la vera de la ruta Provincial N° 1 que no aparecen en el nuevo padrón capitalino que fue dividido en diferentes parroquias para la elección del próximo domingo 3.

Los jueces entendieron que esos ciudadanos domiciliados sobre la ruta 1 “en los circuitos Nº 100 (Litoral Marítimo) y Nº 123 (Litoral Fluvial), es decir enclavados fuera del ejido Municipal”, aunque advirtieron que “sí conformarán a nivel nacional y provincial un padrón único en tanto integran una misma unidad territorial demarcada legalmente (Departamento Adolfo Alsina)”.

El Tribunal Electoral Provincial, ntegrado por los jueces Ariel Gallinger, María Luján Ignazi y Sandra Filipuzzi de Vázquez, consideró que “los electores municipales son aquellos cuyos domicilios se encuentran ubicados en el ejido municipal” y que “mientras la ampliación del ejido territorial de Viedma sobre la costa fluvial (ruta nº 1), atendiendo el desarrollo urbanístico que se viene produciendo a la orilla del Río Negro, no sea del modo instituido por el constituyente rionegrino, los ciudadanos como los solicitantes del planteo en análisis, que tengan su domicilio por fuera del ejido municipal viedmense (conforme surge de la propia denuncia que realizan en su presentación y documental acompañada, fs. 8/11), no podrán ser electores municipales (conf. art. 17 Ley O 2431).”

La resolución agrega que “los peticionantes no sólo se domicilian por fuera de las parroquias propuestas por el propio Municipio de Viedma de acuerdo a las jurisdicciones barriales aprobadas según normativas municipales a los fines de dar cumplimiento con el inc. d) del art. 18 de la Ley 0 2431, sino que ha sido reconocida por el propio municipio la falta de la prestación de servicios y el no cobro de tributos municipales en las referidas zonas de los circuitos denominados fluvial y marítimo”.

DeViedma


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