El Gobierno de Javier Milei eliminó normas sobre transferencia de inmuebles y presentación de información sobre operaciones financieras

Fue publicado este viernes 23 de mayo en el Boletín Oficial. Se suma a otras medidas anunciadas ayer como la del dólar colchón.

Este jueves el Gobierno de Javier Milei revocó normativas vinculadas a la transferencia de inmuebles existentes o a construir. Así se estableció en el Boletín Oficial con la eliminación de resoluciones que establecían la obligación de informar datos sobre los procedimientos. Además también se quitó que sea necesario la presentación de información para la operación con entidades financieras fuera del país que marcaba la norma 2.439.

En la norma publicada este jueves, se marcó que se abrogó las resoluciones generales 2.371, 2.415, 2.439, 2.506 y 3.101. Son normas vinculadas a la inscripción y actualización de los contribuyentes en el «Registro de Operadores de Comercio Exterior», regulación sobre la aplicación de la «Ley de Monotributo» y recategorización de los contribuyentes según los ingresos. Además especificaciones sobre la presentación de información sobre operaciones con el exterior ante la ARCA y la obligatoriedad de informar datos del procedimiento.

Eliminación de presentación de datos sobre operaciones en el exterior


La resolución general 2.506, otras de las normas anuladas, establecía las obligaciones de los contribuyentes para informar las operaciones realizadas con entidades financieras fuera del país. También quedó sin efecto la resolución 3101, que regulaba los mecanismos para la emisión de comprobantes electrónicos relacionados con operaciones comerciales y servicios prestados.

También se derogó el artículo 6° de la Resolución General N° 5.220 y el artículo 2° de la Resolución General N° 5.315. Esta última del Régimen de incentivo a la construcción federal argentina y acceso a la vivienda, que en su artículo 2 marcaba que debía informarse datos del origen de los fondos destinados a la adquisición.

«La Resolución General Nº 2.371, sus modificatorias y complementarias, dispuso el procedimiento a observar por los sujetos que realicen la negociación, oferta o transferencia de bienes inmuebles o de derechos sobre bienes inmuebles a construir, sea cual fuera su forma de instrumentación, para obtener el “Código de oferta de transferencia de inmuebles (COTI)».

«Conveniente exceptuar de la obligación»: derogan normas sobre inmuebles


En los considerandos se recuerda que en octubre del 2024 se disolvió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y se creó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) «como ente autárquico en el ámbito del Ministerio de Economía; ejerciendo las funciones que se hubieran otorgado al organismo disuelto por -entre otras- la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones».

Además se expone que en «la actualidad, el grado de avance tecnológico alcanzado junto a la posibilidad de acceder a la información por otros medios» permiten al ARCA obtener «la información suficiente a fin de asegurar la verificación oportuna de la situación fiscal de los ciudadanos».

Marcan que como consecuencia de ello, en uso de la facultad otorgada por el citado artículo 103, se estima conveniente exceptuar de la obligación allí establecida a la negociación, oferta o transferencia a título oneroso de bienes inmuebles o de derechos sobre bienes inmuebles a construir -cualquiera sea su forma de instrumentación- ubicados en el país, por lo que corresponde abrogar la Resolución General N° 2.371, sus modificatorias y complementarias.